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Documento BOE-A-1977-10561

Resolución de la Dirección General del Servicio Nacional de Productos Agrarios por la que se delegan facultades para la concesión de créditos y préstamos en los Jefes provinciales dentro de sus respectivos ámbitos.

Publicado en:
«BOE» núm. 101, de 28 de abril de 1977, páginas 9168 a 9168 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1977-10561

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:;

La Dirección General del Servicio Nacional de Productos Agrarios acuerda establecer, al amparo de lo estatuido en el artículo 22, apartado 5, de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y previa autorización del excelentísimo señor Ministro de Agricultura, la siguiente delegación de atribuciones:

1.º Los Jefes Provinciales del S.E.N.P.A. quedan facultados, dentro del ámbito de su respectiva provincia, por delegación permanente y mientras, no sea revocada en forma expresa, para conceder préstamos a los agricultores, hasta un límite de 10.000.000 de pesetas –con garantía personal (fianza de terceros o aval bancario) o real (metálico, títulos de la Deuda Pública o mercancías), según proceda–, en los que se concreten las operaciones de crédito con destino a la adquisición de fertilizantes semillas y, en general, a las atenciones de cultivo, para las que esté legalmente habilitado el Servicio Nacional de Productos Agrarios; concertando a tal efecto los oportunos contratos.

2.º En los casos en que surjan dudas sobre las atribuciones de determinada competencia, o se produzcan concurrencias de éstas, por las autoridades en quienes se haya delegado atribuciones, se someterá a la resolución definitiva del Director general.

3.º En las resoluciones que se adopten por delegación, se hará constar en forma definitiva esta circunstancia en la antefirma.

4.º El Director general podrá, no obstante la delegación que concede a las autoridades citadas, recabar el conocimiento y resolución de cualquier asunto en el estado de tramitación en que se encuentren.

5.º La presente Resolución comenzará a regir el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

6.º Quedan en vigor las Resoluciones de 23 de junio y 6 de diciembre de 1976 por no oponerse a lo que establece la presente.

Lo que comunico a VV. II

Dios guarde a VV. II

Madrid, 18 de abril de 1977.–El Director general, Claudio Gandarias Beascoechea.

Ilmos. Sres. Secretario general y Subdirectores generales, Inspectores regionales y Jefes provinciales del S.E.N.P.A.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/04/1977
  • Fecha de publicación: 28/04/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 29/04/1977
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22.5 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Agricultura
  • Servicio Nacional de Productos Agrarios

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