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Documento BOE-A-1977-10171

Real Decreto 770/1977, de 4 de marzo, por el que se prorroga por tres meses la suspensión de aplicación de derechos arancelarios a la importación de cacao en grano crudo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 1977, páginas 8900 a 8900 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-10171

TEXTO ORIGINAL

El Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco de diecisiete de julio, dispuso la suspensión total de aplicación de derechos arancelarios a la importación de cacao en grano crudo, que ha sido prorrogada sin solución de continuidad, hasta el día veinte de marzo del presente año, por Real Decreto tres mil noventa y tres mil novecientos setenta y seis.

Por subsistir las razones y circunstancias que determinaron dicha suspensión es aconsejable prorrogarla, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa aprobación del Consejo de Ministros, en su reunión del día cuatro de marzo de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo único.

En el período trimestral comprendido entre los días veintiuno de marzo y veinte de junio del año en curso, ambos inclusive, seguirá vigente la suspensión total de aplicación del os derechos arancelarios establecidos a la importación de cacao en grano crudo, clasificado en la partida dieciocho punto, cero uno-A del Arancel de Aduanas; suspensión que fue dispuesta por Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco.

Dado en Madrid a cuatro de marzo de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/03/1977
  • Fecha de publicación: 25/04/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 15/05/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión Dispuesta por el Decreto 1765/1975, de 17 de julio (Ref. BOE-A-1975-15826).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Real Decreto 3093/1976, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-1977-1644).
Materias
  • Cacao
  • Importaciones

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