Está Vd. en

Documento BOE-A-1977-10168

Real Decreto 767/1977, de 4 de marzo, por el que se modifica la subpartida arancelaria 85.21-E. (las demás lámparas, tubos y válvulas electrónicos).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 1977, páginas 8899 a 8899 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1977-10168

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta del Ministerio de Comercio, de treinta de mayo, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar la subpartida ochenta y cinco punto veintiuno-E, creado dentro de ella una posición específica para tubos captadores de imagen para aparatos tomavistas de televisión.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de marzo de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo primero.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida arancelaria Artículo Derechos arancelarios
85.21-E  Las demás lámparas, tubos y válvulas electrónicos:  
1. Células fotoemisoras. 1 %
2. Tubos captadores de imagen para aparatos tomavistas de televisión. 1 %
3. Los demás:  
a - Con peso unitario hasta 100 gramos inclusive 35 % m.e. 17,5 ptas. unid.
b. - Los demás. 35 %
Artículo segundo.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a cuatro de marzo de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LLADO FERNANDEZ-URRUTIA

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 04/03/1977
  • Fecha de publicación: 25/04/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/1977
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • MODIFICA arancel de Aduanas.
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Arancel de Aduanas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid