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Documento BOE-A-1976-6039

Orden de 28 de febrero de 1976 por la que se modifica el artículo 6.º de la de 31 de julio de 1975, sobre procedimiento para acogerse a los beneficios del sector de interés preferente declarado para la industria alimentaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 22 de marzo de 1976, páginas 5751 a 5751 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria
Referencia:
BOE-A-1976-6039

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 31 de julio de 1975 sobre procedimiento para acogerse a los beneficios del sector de interés preferente declarado para la industria alimentaria por el Decreto 3288/1974, de 14 de noviembre, dispone en su artículo 6.° que las propuestas de resolución de las solicitudes de beneficios, serán informadas por la Comisión Consultiva y Asesora para la Industria Agroalimentaria.

Como quiera que la resolución de cada petición de interés preferente deducida por una industria alimentaria, conforme a las normas del Decreto 3288/1974, de 14 de noviembre, exige con el informe previo de una serie de Organismos, la asistencia de la Comisión citada, a virtud del asesoramiento prevenido en el articulo 15.2.b) del referido Decreto, razones de celeridad y economía procesal, postulan que la contribución asesora de la aludida Comisión en la redacción de las propuestas de resolución, se concrete en la elaboración de una serie de principios generales que servirán de base a las referidas propuestas, toda vez que la pluralidad de Organismos que informan la solicitud permiten garantizar el acierto de la resolución, de acuerdo con los principios generales establecidos por la repetida Comisión, y ello sin perjuicio de que la misma tenga periódicamente conocimiento de las propuestas elevadas a la resolución del Ministro de Industria.

En su virtud, este Ministerio, con el informe favorable de la Comisión Consultiva y Asesora para la Industria Agroalimentaria, ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se modifica el artículo 6.º de la Orden de 31 de julio de 1975, cuyo texto quedará redactado como sigue:

«La Dirección General de Industrias Alimentarias y Diversas, recibidos los informes a que se refiere el artículo, anterior, redactará la oportuna propuesta de resolución sobre la base de los criterios generales de actuación acordados por la Comisión Consultiva y Asesora para la Industria Agroalimentaria, elevándola al Ministro de Industria.»

Segundo.

La presente Orden entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 28 de febrero de 1976.

PEREZ-BRICIO

Ilmo. Sr. Director general de Industrias Alimentarias y Diversas.

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/02/1976
  • Fecha de publicación: 22/03/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 23/03/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Alimentación
  • Industrias
  • Industrias de interés preferente
  • Zumos de frutas

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