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Documento BOE-A-1976-540

Decreto 3540/1975, de 5 de diciembre, por el que se modifica el derecho arancelario de la subpartida 28.56-C (carburos...: los demás).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1976, páginas 527 a 527 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-540

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, del Ministerio de Comercio de treinta de mayo, autoriza, en su artículo segundo, a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente modificar el derecho arancelario de la subpartida 28.56-C.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda modificado el vigente Arancel de Aduanas en la forma que figura a continuación:

Partida arancelaria Artículo Derecho arancelario
28.56

Carburos (carburos de silicio, de boro; carburos metálicos, etc.):

 C.—Los demás.

1 %
Artículo 2.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LUIS CERON AYUSO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 05/12/1975
  • Fecha de publicación: 10/01/1976
  • Fecha de entrada en vigor: 10/01/1976
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Arancel de Aduanas

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