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Para agilizar la resolución de expedientes de carácter mixto, gubernativo y de reintegro, a que se refiere la normativa del Tribunal de Cuentas del Reino y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2.5 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado en relación con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto de 7 de septiembre de 1980, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro de la Gobernación,
He tenido a bien delegar en el Subdirector general de Personal de este Centro Directivo las facultades de firma y resolución de expedientes, atribuidas a esta Dirección General por el articulo 2.° de la Ley de 17 de julio de 1948 y las del artículo 8.° 1.c) del Decreto de 7 de septiembre de 1980, en relación con tales expedientes.
Lo digo a V. S. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. S.
Madrid, 18 de febrero de 1976.-El Director general, Juan Echevarría Puig.
Sr. Subdirector general de Personal de Correos y Telecomunicación.
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