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Documento BOE-A-1976-3021

Resolución de la Subsecretaría de Hacienda por la que se delega la firma de determinados asuntos en el Subinspector general de Hacienda, previa aprobación del señor Ministro.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 1976, páginas 2729 a 2729 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1976-3021

TEXTO ORIGINAL

Por acuerdos de 25 de noviembre de 1969 y 28 de febrero de 1975, fue delegada en el Subinspector general de Hacienda la firma de determinados asuntos de personal del Ministerio,

Con objeto de refundir dicha normativa y extenderla a otras actuaciones encomendadas a esta Subsecretaría, de conformidad con la facultad establecida en el apartado 4 del artículo 22 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, texto refundido de 28 de julio de 1957, previa aprobación del señor Ministro, he acordado delegar en el Subinspector general del Ministerio de Hacienda las siguientes, en relación con los servicios dependientes de esta Subsecretaría que se indican:

Primero.

Las referentes a los asuntos de personal que se detallan, previo cumplimiento de los requisitos que en cada caso exigen las disposiciones vigentes:

a) El reconocimiento de nuevos trienios, totalizados en la forma prevista por la Ley de Retribuciones 31/1965, de 4 de mayo, y disposiciones complementarias a los funcionarios pertenecientes a la Escala Técnico-Administrativa a extinguir de este Departamento.

b) Las Resoluciones sobre jubilaciones forzosas, voluntarias y por imposibilidad física de los funcionarios pertenecientes a la citada Escala.

c) Las Resoluciones sobre excedencia especial, forzosa y voluntaria, de los funcionarios de la expresada Escala.

d) Las Resoluciones sobre declaración en situación de supernumerario de los funcionarios pertenecientes a la misma Escala.

e) Las Resoluciones sobre reintegro al servicio activo de los funcionarios pertenecientes a dicha Escala, procedentes de las situaciones de excedencia especial o voluntaria, y de la situación de supernumerario, adscribiéndose a las dependencias o puestos de trabajo que las necesidades del servicio aconsejen.

f) Las Resoluciones sobre traslado de funcionarios de la misma Escala y de los pertenecientes a los Cuerpos Generales de la Administración Civil del Estado, dentro de la localidad, de acuerdo con la facultad que me concede el artículo 55 de la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado, adscribiéndolos a las dependencias o puestos de trabajo que aconsejen las necesidades del servicio.

g) La concesión de licencias por enfermedad y sus prórrogas reglamentarias, matrimonio, estudios, cursos y asuntos propios, a todos los funcionarios de la Escala Técnico-administrativa, a extinguir, de este Ministerio, y a los de los Cuerpos Generales que presten servicio en este Departamento.

h) La concesión de licencias por embarazo a los funcionarios femeninos de los Cuerpos citados anteriormente.

i) La concesión de permisos o licencias a que se refieren los artículos 68, 70 y 72 de la Ley articulada, a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escala antes citados.

j) La adscripción a las dependencias o puestos de trabajo que se juzgue procedente, de los funcionarios de los Cuerpos y Escala mencionados, como consecuencia de la convocatoria y resolución, por la Presidencia del Gobierno, de los concursos de traslados anunciados en uso de sus facultades, como asimismo del personal de la Agrupación Temporal Militar destinados a este Departamento en virtud de los concursos que afecten especialmente a este último personal.

k) La tramitación ordinaria de los asuntos y documentos que reglamentariamente, y referidos a todo el personal del que se viene haciendo mención, hayan de elevarse al acuerdo, informe, registro o trámite de la Dirección General de la Función Pública.

Segundo.

Las relativas a concesión de prolongación de jornada a los funcionarios dependientes de este Ministerio.

Tercero.

Las que afecten a los servicios mecanizados de Informática Fiscal, que fueron integrados en esta Subsecretaría por el artículo 7.º del Decreto 3403/1974, de 2 de diciembre. No obstante, el Subinspector general someterá a mi conocimiento y aprobación los asuntos de mayor relevancia, los que afecten a la planificación general de las aplicaciones informáticas, los anteproyectos de inversión en equipos de proceso de datos y los demás que estime oportunos.

Madrid, 30 de enero de 1976.–El Subsecretario, Fernando Benzo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/01/1976
  • Fecha de publicación: 09/02/1976
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA el número 3 por Resolución de 1 de julio de 1977 (Ref. BOE-A-1977-16117).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
    • Decreto 3403/1974, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-1974-2053).
    • Ley 31/1964, de 4 de mayo, de Retribuciones (Ref. BOE-A-1964-7550).
    • Ley de funcionarios Civiles del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero (Ref. BOE-A-1964-2140).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Hacienda
  • Subsecretaría de Hacienda

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