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Documento BOE-A-1976-2670

Orden de 14 de enero de 1976 por la que se regula la concesión del «Premio Nacional de Turismo Vega-Inclán para Escritores y Periodistas Españoles» y se convoca el correspondiente a 1976.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 1976, páginas 2412 a 2412 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Información y Turismo
Referencia:
BOE-A-1976-2670

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: Por Orden ministerial de 3 de marzo de 1975 se establecieron las normas para la concesión del premio «Vega-Inclán» creado por Orden de 30 de noviembre de 1962.

Con el fin de conseguir que el premio «Vega-Inclán», por su carácter nacional, alcance la importancia que merece, este Ministerio ha decidido introducir algunas modificaciones en las normas que regulan la concesión de dicho premio.

En atención a esta consideración y a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Turismo, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1.

El premio «Vega-Inclán» se otorgará a aquel Escritor o Periodista español que mejor haya cooperado con sus trabajos periodísticos a lo largo de cada año, al conocimiento y propaganda del turismo español.

Artículo 2.

Este premio, que tiene carácter anual y es indivisible, está dotado con 150.000 pesetas.

Artículo 3.

Este premio podrá declararse desierto, si así lo estimase el Jurado calificador. En este caso la cuantía establecida como, dotación del premio «Vega-Inclán», pasará a engrosar la del año siguiente.

Artículo 4.

Los aspirantes al mismo deberán elevar instancia al Ministro de Información y Turismo, dentro del mes de enero del año siguiente al correspondiente al Premio, acompañada de una colección triplicada de los trabajos que hayan publicado durante el año al que se refiere el Premio y señalando, en cada caso, la revista o periódico español en que estos trabajes fueron publicados, así como la fecha de su aparición.

La instancia y demás documentación se presentarán en el Registro General de: Ministerio de Información y Turismo (avenida del Generalísimo. 39. Madrid-16), o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Artículo 5.

El premio «Vega-Inclán» será concedido por Orden ministerial, dentro del mes de abril del año siguiente al del Premio, y a la vista de la propuesta del Jurado calificador.

Artículo 6.

El Jurado que ha de fallar el «Premio Nacional de Turismo Vega-Inclán, 1976». y que tendrá plena y privativa competencia sobre la materia, estará formado por los siguientes miembros: Presidente: Subsecretario de Turismo, en representación del Ministro de Información y Turismo; Vice-' presidente: Director general de Ordenación- del Turismo; Vocales: Subdirector general de Promoción del Turismo; excelentísimo señor Marqués de la Vega-Inclán; Presidente de la Asociación española de Escritores de Turismo; un representare de la Dirección General de Coordinación Informativa; Jefe de la Sección de Turismo Interior y Social; actuando como Secretario el Jefe del Negociado de Turismo Interior.

Excepcionalmente el Jurado podrá proponer la concesión de dicho Premio, con independencia de los trabajos presentados, a aquellos otros autores que habiendo publicado artículos periodísticos de especial relevancia para la promoción turística de España durante el año a que se refiere la convocatoria, se hicieran acreedores a dicho galardón, seleccionando aquél, que se considerase mejor.

Disposición transitoria primera

Por la presente Orden queda convocado el «Premio Vega-Inclán, 1976».

Disposición transitoria segunda.

Los aspirantes a este Premio deberán presentar la solicitud y trabajos de referencia dentro del mes de enero de 1977 en las condiciones que antes se detallan.

Las documentaciones presentadas a este concurso y que no obtengan ningún premio, podrán ser retiradas dentro de los sesenta días naturales, después de haberse hecho público el Fallo del Jurado, siendo el resto destruidas.

Disposición final.

Queda derogada la Orden ministerial de 3 de marzo de 1975.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 14 de enero de 1976.

MARTIN-GAMERO

Ilmos. Sres. Subsecretario de Información y Turismo, Subsecretario de Turismo y Director general de Ordenación del Turismo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/01/1976
  • Fecha de publicación: 04/02/1976
  • Fecha de derogación: 06/04/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA Orden de 3 de marzo de 1975 (Ref. BOE-A-1975-8156).
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Periodismo
  • Premios
  • Prensa
  • Turismo

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