Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Quintanilla-Sobresierra, Gredilla de Polera, Celadilla Sotobrín, Ubierna, Villaverde-Peñahorada, Hontomín, La Molina de Ubierna, Masa, Cernegula y Quintanarruz, como consecuencia de la incorporación de sus Municipios al de Sotopalacíos con la denominación de Merindad de Río Ubierna (Burgos),
Este Ministerio, teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Quintanilla-Sobresierra, Gredilla de Polera, Celadilla Sotobrín, Ubierna, Villaverde-Peñahorada, Hontomín, La Molina de Ubierna, Masa, Cernegula y Quintanarruz y su incorporación al de igual clase de Sotopalacios, con la denominación de Merindad de Río Ubierna el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 30 de octubre de 1976.—P. D., el Subsecretario, Rafael de Mendizábal Allende.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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