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Advertidos errores en el texto de la citada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 280, de fecha 22 de noviembre de 1976, páginas 23189 y 23191, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la norma cuarta, donde dice: «En todos los Departamentos ministeriales, los mutualistas podrán elegir los diez Vocales que establece el artículo 42.1 a) del Reglamento General del Mutualismo Administrativo»; debe decir: «En todos los Departamentos ministeriales, los mutualistas podrán elegir hasta los diez Vocales que establece el artículo 42.1 a) del Reglamento General del Mutualismo Administrativo».
En el anexo II, donde dice: «Elecciones a Vocales en la primera Asamblea general de MUFACE»; debe decir: «Elecciones a Vocales de la primera Asamblea general de MUFACE».
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