Ilustrísimos señores:
La Orden ministerial de 21 de junio de 1967 regula la sustitución en los cargos directivos del Ministerio de Obras Públicas para los supuestos de ausencia o enfermedad, por lo que sus previsiones no pueden extenderse a! caso de fallecimiento del titular hasta que se produzca la provisión del puesto.
Vacante por dicha circunstancia la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas, se hace preciso, por tanto, dictar las medidas provisionales para su sustitución hasta que tome posesión el nuevo titular que se designe.
En consecuencia, este Ministerio ha resuelto que el Director general de Transportes Terrestres asuma, hasta que tenga lugar la toma de posesión del titular que se nombre, las funciones de despacho ordinario de los asuntos de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas, así como la firma delegada que el titular de este Centro directivo tenga conferida.
Lo que comunico a W. II.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 11 de octubre de 1976.
CALVO-SOTELO
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directores generales del Departamento.
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