La Ley treinta y uno/mil novecientos setenta y cinco, de treinta y uno de julio, por la que se crea el Cuerpo Farmacéutico de Sanidad Nacional, en su disposición final primera, establece el procedimiento para la asignación del coeficiente al referido Cuerpo.
Para dar efectividad a la mencionada disposición se procede por el presente Decreto a señalar el correspondiente coeficiente al Cuerpo mencionada.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda y con informe de la Comisión Superior de Personal, y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Se asigna el coeficiente cinco (5,0) al Cuerpo Farmacéutico de Sanidad Nacional, creado por Ley treinta y uno/mil novecientos setenta y cinco.
Este Decreto entrará en vigor el día primero de septiembre de mil novecientos setenta y cinco.
Asi lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiséis de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Ministro de Hacienda,
JUAN MIGUEL VILLAR MIR
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