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Documento BOE-A-1976-16556

Orden de 11 de agosto de 1976 por la que se establecen pruebas selectivas restringidas entre funcionarios de carrera del Instituto Nacional de Asistencia Social para acceder a escalas de nivel superior.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 1976, páginas 16938 a 16938 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Gobernación
Referencia:
BOE-A-1976-16556

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Una de las innovaciones del Estatuto del personal al servicio de los Organismos autónomos, aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio, ha sido establecer la posibilidad de que los funcionarios de carrera de los Organismos autónomos puedan promocionar profesionalmente dentro de la propia Entidad a que pertenecen.

Con tal finalidad, el artículo 8.°, 2 de aquel Estatuto, en relación con lo dispuesto en el artículo 2.°, 1, establece que los Ministerios podrán dictar para cada Organismo adscrito a su Departamento normas por las que se establezcan pruebas selectivas restringidas para el acceso de los funcionarios de carrera a un determinado porcentaje de las plazas vacantes de las escalas de nivel superior existentes en el propio Organismo, siempre que los candidatos posean la titulación requerida y acrediten, mediante las pruebas correspondientes, la capacitación necesaria.

En su virtud, este Ministerio, previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien disponer:

Primero.–1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.°, 2 del Decreto 2043/1971, de 23 de julio, redactado conforme a lo dispuesto en el Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre, serán convocadas para su provisión, en turno restringido, un 50 por 100 de las vacantes existentes en las distintas escalas, plantillas o grupos de plazas del Instituto Nacional de Asistencia Social, pertenecientes a otras de diferente especialidad o inferior nivel, siempre que se encuentren en posesión de la titulación académica requerida para el acceso a la vacante de que se trate y acrediten en las pruebas selectivas correspondientes la capacidad necesaria.

1.2. No obstante lo dispuesto en el punto anterior, para acceder a las escalas o plazas de nivel y carácter administrativo en las que se exija el título de Bachiller Superior o equivalente, podrán concurrir también los funcionarios de carrera pertenecientes a escala o plaza de Auxiliar administrativo que cuenten con más de diez años de servicio efectivo como funcionario de carrera en el propio Organismo, aun cuando no posean aquella titulación.

Segundo.–Las plazas no cubiertas a través del turno restringido a que se ha hecho referencia, serán ofrecidas a convocatoria pública libre.

Tercero.–En el supuesto de la existencia de una sola plaza vacante, se proveerá alternativamente por el sistema previsto en el punto 1 de esta Orden y por el de la convocatoria pública libre.

Cuarto.–Lo dispuesto en esta Orden se entiende sin perjuicio de lo previsto en el Decreto 145/1964, de 23 de enero, y de las facultades de la Presidencia del Gobierno reconocidas en el artículo 6.°, 2, d) y de la disposición transitoria sexta del Decreto 2043/1971, de 23 de julio.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 11 de agosto de 1976.

MARTIN VILLA

Ilmo. Sr. Director general de Asistencia Social y del Instituto Nacional de Asistencia Social.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/08/1976
  • Fecha de publicación: 30/08/1976
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 8,2 del Estatuto aprobado por Decreto 2043/1971, de 23 de julio, Redactado Conforme a lo dispuesto en el Decreto 3476/1974, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1971-1136).
    • sin Perjuicio del Decreto 145/1964, de 23 de enero (Ref. BOE-A-1964-135).
Materias
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Instituto Nacional de Asistencia Social
  • Oposiciones y concursos

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