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Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del Convenio Colectivo Sindical Nacional para la Industria Textil Algodonera, aprobado por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 7 de mayo de 1976 («Boletín Oficial del Estado» número 130, de 31 de mayo de 1976), se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 10441, en la segunda línea del artículo 28, dice «clasificación», cuando en realidad debe decir «y calificación».
En la página 10442, en la antepenúltima línea del párrafo 3.° del artículo 34 y continuando en la penúltima, dice «determinó», cuando en realidad debe decir «determine».
En la página 10442, en la tercera línea del artículo 42 y continuando en la cuarta, dice «abonará», cuando en realidad la locución completa debe ser «se abonará».
En la página 10443, en la Tabla de Retribuciones correspondientes al año 1976. Personal con retribución diaria. Nivel «B» y en su última columna, figura la cifra «798», cuando en realidad debe ser «708».
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