Por Resolución de esta Dirección General de fecha 12 de diciembre de 1973 se delegó en el Jefe del Servicio de Reglamentación, Homologación e Inspección Técnica de Vehículos la facultad de despachar y resolver los asuntos atribuidos directamente a la competencia del Director general de Industrias Siderometalúrgicas y Navales por la legislación vigente en materia de homologación de vehículos y sus piezas y componentes.
No obstante, la complejidad y amplitud de las funciones de esta Dirección General y el constante aumento de sus actividades, así como el deseo de imprimir a las actuaciones administrativas los principios de economía, celeridad y eficacia que postula la Ley de Procedimiento Administrativo hacen aconsejable ampliar aquellas facultades delegadas.
En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y previa aprobación del Ministro de Industria,
Esta Dirección General ha tenido a bien disponer:
El Jefe del Servicio de Reglamentación, Homologación e Inspección Técnica de Vehículos queda facultado por delegación permanente y en tanto no sea revocada en forma expresa, para despachar y resolver los asuntos atribuidos directamente a la competencia del Director general de Industrias Siderometalúrgicas y Navales por la legislación vigente en materia de reglamentación, homologación e inspección técnica de vehículos.
El Director general podrá, no obstante, recabar en todo momento para su resolución cualquier expediente, cuestión o asunto, sea cual fuere el estado de tramitación en que se encuentre.
Las comunicaciones y resoluciones que sean suscritas por delegación expresarán está circunstancia en la antefirma.
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. S. muchos años.
Madrid, 23 de julio de 1976.‒El Director general, Manuel Gutiérrez-Cortines y Corral.
Sr. Jefe del Servicio de Reglamentación, Homologación e Inspección Periódica de Vehículos.
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