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Documento BOE-A-1976-13216

Orden de 3 de junio de 1976 sobre reestructuración de la Junta Central de Compras y Suministros.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 8 de julio de 1976, páginas 13425 a 13426 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-13216

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: El párrafo final del artículo 3.1 del Decreto 446/ 1976, de 5 de marzo, por el que se reorganizan determinados Servicios de este Departamento, dispone que el Subsecretario de Comercio continuará ostentando la presidencia de los Organismos colegiados que le atribuye la normativa vigente y que el Director general competente, por razón de la materia, actuará en cada caso como Vicepresidente de los mismos.

Creada por el mismo Decreto la Dirección General de Coordinación e Inspección, que administrativamente queda adscrita a la citada Subsecretaría, resulta procedente atribuir al titular de aquélla la vicepresidencia de la Junta Central de Compras y Suministros del Departamento, órgano colegiado adscrito también a la Subsecretaría de Comercio.

Ello obliga a modificar la Orden de 19 de febrero de 1966, que establece la composición y atribuciones de la citada Junta y atribuye su vicepresidencia al Jefe de la Inspección General.

La promulgación del Reglamento General de Contratación del Estado, aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, y la conveniencia de refundir la Orden de 3 de abril de 1973, que modificó la composición de la repetida Junta Central de Compras y Suministros, aconsejan también la citada modificación.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

1. La Junta Central de Compras y Suministros constituye el órgano superior del Ministerio en las materias cuya competencia le está atribuida por la vigente Ley de Contratos del Estado y el Reglamento General de Contratación, aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre.

2. La Junta Central de Compras y Suministros dependerá orgánicamente del Subsecretario de Comercio y estará constituida en la siguiente forma:

Presidente: El Subsecretario de Comercio.

Vicepresidente: El Director general de Coordinación e Inspección.

Vocales: El Oficial Mayor del Departamento, el Subdirector general de Programación y Publicaciones de la Secretaría General Técnica y el Interventor Delegado de la Intervención General del Estado.

Vocales asesores: Los que la Junta considere conveniente se incorporen a la misma, cuando así lo requiera la naturaleza de las adquisiciones que se hayan de realizar.

Secretario: El de la propia Junta.

3. La Junta Central de Compras y Suministros entenderá con tal carácter o como Mesa de Contratación cuando así proceda en todas las adquisiciones y contrataciones de obras, servicios y suministros que afecten al Departamento.

Cuando actúe como Mesa de Contratación formará parte de la Junta como Vocal un Abogado del Estado de los que presten servicio en el Departamento.

4. Quedan derogadas las Ordenes de 19 de febrero de 1968 y 3 de abril de 1973.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 3 de junio de 1976.

CALVO-SOTELO

Ilmo. Sr. Subsecretario de Comercio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/06/1976
  • Fecha de publicación: 08/07/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Ministerio de Comercio
  • Subsecretaría de Comercio

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