Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la. supresión de los Juzgados de Paz de Chumillas, Solera de Gabaldón, Monteagudo de las Salinas, y Olmeda del Rey, como consecuencia de la fusión (de sus Municipios con el de Almodóvar del Pinar, con la denominación de Almodóvar de Monte-Rey (Cuenca),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Chumillas, Solera de Gabaldón, Monteagudo de las Salinas y Olmeda del Rey y su incorporación al de igual clase de Almodóvar del Pinar, con la denominación de Almodóvar de Monte-Rey, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 25 de febrero de 1975.
RUIZ-JARABO
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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