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Documento BOE-A-1975-25335

Orden de 4 de diciembre de 1975 sobre adquisición de lotería desde el extranjero.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 10 de diciembre de 1975, páginas 25658 a 25659 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1975-25335

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimos señores:

La experiencia adquirida desde la promulgación de las Ordenes de 6 y 26 de junio de 1963. reguladoras de las normas para participar en la lotería española desde el extranjero y la necesidad de adecuar aquella normativa a los criterios recogidos en el Derecho comparado, aconsejan dictar una nueva disposición que, actualizando las citadas Ordenes, permitan alcanzar la precisa regulación de esta materia.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Hacienda y de Comercio, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Primero.

La petición de lotería española desde el extranjero se efectuará a través de Entidades de crédito españolas que ejercen funciones delegadas del Banco de España.

Segundo.

Recibida la orden de compra, las citadas Entidades podrán adquirir directamente en cualquier Administración de Loterías, con cargo a una cuenta extranjera en pesetas, cuenta en divisas o cuenta de Ahorro de Emigrante, los billetes correspondientes, dando cuenta al Servicio Nacional de Loterías de la serie, numeración de los billetes adquiridos y sorteo al que correspondan.

Tercero.

Estos billetes quedarán depositados en la Entidad bancaria o de crédito que haya llevado a cabo su adquisición, la cual comunicará igualmente al peticionario la numeración de aquéllos y la fecha del sorteo.

Cuarto.

Los premios que en ellos recaigan serán cobrados por las Entidades depositarias en cualquier Administración de Loterías de España contra presentación y entrega del billete premiado, notificándolo así al comprador para que, conocida por ésta la cuantía del premio, pueda disponer de su importe en pesetas interiores dentro del territorio nacional.

Quinto.

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a todos los sorteos que se celebren con posterioridad.

Sexto.

Quedan derogadas la Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de junio de 1963 y la del Ministerio de Hacienda de 26 del mismo mes y año.

Lo digo a VV. EE. a los procedentes efectos.

Dios guarde a VV. EE.

Madrid, 4 de diciembre de 1975.

CARRO

Excmos. Sres. Ministros de Hacienda y de Comercio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/12/1975
  • Fecha de publicación: 10/12/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 10/12/1975
Referencias anteriores
Materias
  • Lotería Nacional

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