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Documento BOE-A-1975-16246

Resolución del F.O.R.P.P.A. por la que se dan normas para la liquidación de las ayudas indirectas concedidas a la producción algodonera nacional en la campaña 1975/76.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1975, páginas 16249 a 16250 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura
Referencia:
BOE-A-1975-16246

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El Consejo de señores Ministros, en su reunión del día 17 de julio de 1975, recogiendo el acuerdo del Comité Ejecutivo y Financiero del F.O.R.P.P.A. en su reunión del día 27 de junio de 1975, aprobó la concesión de unas ayudas indirectas a la producción algodonera nacional, relativas a la adquisición de cosechadoras de algodón y la concesión de un incentivo económico para el algodón bruto recogido mecánicamente.

Las cantidades destinadas a ambos conceptos se fijaron en la norma primera y segunda de la referida moción, aprobada por el Consejo de Ministros, respectivamente, en 43.750.000 pesetas para ayudas a la adquisición de cosechadoras de algodón, y en un incentivo de 2 pesetas por kilogramo de algodón bruto recogido mecánicamente, con un volumen estimado en 9.000 toneladas, por un importe de 18 millones de pesetas.

La norma tercera de la mencionada moción dispone que ambas ayudas serán satisfechas con cargo al fondo que, con el límite máximo de 150 millones de pesetas anuales, estipula el punto trece del Decreto 2309/1973, de 21 de septiembre.

Finalmente, la norma cuarta establece que por el F.O.R.P.P.A. se dictarán las normas de ejecución, en las que habrá de tenerse en cuenta la necesidad de evitar la duplicación de ayudas en relación con las previstas en la Orden del Ministerio de Agricultura de 7 de octubre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de octubre) y Resolución complementaria de la Dirección General de la Producción Agraria de 30 de diciembre de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 17 de enero de 1973) sobre concesión de subvenciones para fomento de la mecanización agrícola durante el cuatrienio 1972/1975.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que se confieren a este Organismo, se establecen las siguientes normas para la liquidación de las referidas ayudas en la campaña 1975/76.

I. Ayudas a la adquisición de cosechadoras de algodón

1. Cuantía de la subvención.

Las subvenciones atendibles por el F.O.R.P.P.A., por este concepto, tendrán el límite máximo de 43.750.000 pesetas.

2. Aplicación de las subvenciones.

Las subvenciones, hasta el límite máximo indicado, se aplicarán a las cosechadoras de algodón, de primer uso, que hayan sido adquiridas en España durante el año 1975 y su introducción se haya realizado en los años 1974 y 1975.

3. Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán en la Dirección General de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura.

Cada solicitud será objeto de un expediente individual que dicho Centro directivo tramitará en la forma prevista en la Orden del Ministerio de Agricultura de 7 de octubre de 1972 y en la Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 30 de diciembre de 1972.

Una vez reconocido el derecho a la subvención, el expediente será remitido al F.O.R.P.P.A., acompañado de una certificación de la Dirección General de la Producción Agraria en la que se haga constar que la máquina a que se refiere no ha percibido del Ministerio de Agricultura ninguna otra ayuda a fondo perdido y directa para ella, así como el justificante de su despacho por Aduanas.

La Dirección General de la Producción Agraria cuidará de que las subvenciones acumuladas por este concepto no rebasen el límite máximo establecido en el punto 1 anterior.

4. Pago por el F.O.R.P.P.A.

Recibido en el F.O.R.P.P.A. el expediente, la Administración General de este Organismo procederá al pago de la subvención mediante transferencia a la Entidad bancaria y cuenta corriente designada por el interesado en su solicitud.

II. Ayudas al algodón bruto recogido mecánicamente

1. Cuantía de la subvención.

La subvención tendrá el importe de 2 pesetas por kilogramo de algodón bruto recogido mecánicamente, con un volumen estimado de 9.000 toneladas, por un importe de 18.000.000 de pesetas.

2. Aplicación de las subvenciones.

Las subvenciones, hasta el límite máximo indicado, se aplicarán al algodón bruto recogido mecánicamente durante la campaña algodonera 1975/76.

3. Solicitudes.

Los cultivadores que hayan recogido algodón bruto por medio de máquina cosechadora dirigirán una solicitud a este Organismo, acompañada de una certificación de la Delegación Provincial correspondiente del Ministerio de Agricultura en la que consten los kilogramos de algodón bruto recogidos mecánicamente y la factoría desmotadora en que han sido entregados.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 31 de enero de 1976, no siendo atendidas las solicitudes de subvención presentadas con posterioridad a dicha fecha.

La presentación de solicitudes deberá ser hecha fehacientemente por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

4. Pago por el F.O.R.P.P.A.

Recibida en el F.O.R.P.P.A. la solicitud y la correspondiente certificación, la Administración General de este Organismo procederá al pago de la subvención mediante transferencia a la Entidad bancaria y cuenta corriente designada por el interesado en su solicitud.

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 21 de julio de 1975.‒El Presidente, L. García de Oteyza.

Para conocimiento de: Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura.

Para conocimiento y cumplimiento de: Ilmos. Sres. Administrador general del F.O.R.P.P.A., Secretario general del F.O.R.P.P.A., Director de Servicios Técnicos del F.O.R.P.P.A. e Interventor Delegado en el F.O.R.P.P.A.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/07/1975
  • Fecha de publicación: 31/07/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el Decreto 2309/1973, de 21 de septiembre (Ref. BOE-A-1973-1361).
  • CITA:
Materias
  • Algodón
  • Maquinaria agrícola
  • Subvenciones

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