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Documento BOE-A-1975-1531

Orden de 29 de noviembre de 1974 por la que se prorroga el plazo para la elaboración de la propuesta que ha de someterse a la Comisión creada para el estudio de las convalidaciones correspondientes a los profesionales de la radio y la televisión con los distintos niveles y titulaciones educativas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1975, páginas 1483 a 1484 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Información y Turismo
Referencia:
BOE-A-1975-1531

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El articulo 3.° de la Orden del Ministerio de Información y Turismo de 16 de septiembre de 1974, por la que se constituyó la Comisión para el estudio de las convalidaciones correspondientes a los profesionales de la radio y televisión con los distintos niveles y titulaciones académicas, estableció que, antes del 30 de noviembre de 1974, dicha Comisión sometería la oportuna propuesta de convalidación a la consideración de la Junta Interministerial creada por Orden de 14 de septiembre de 1971.

La gran variedad de situaciones profesionales existentes en las plantillas laborales y en los cuadros de trabajo de las actividades propias de radiodifusión y televisión hace aconsejable prorrogar el plazo previsto para la elaboración de la propuesta, con el fin de que la Comisión pueda abordar el conjunto de los problemas planteados y profundizar en los mismos. En especial, se hace preciso disponer, en orden a las convalidaciones, de los datos necesarios para, a la luz de cuanto se decida, sentar las bases de la formación que deben alcanzar en un futuro quienes, dentro de la radiodifusión y la televisión, aspiren a ejercer una actividad profesional no contemplada por los actuales planos de estudios de los diversos Centros docentes.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Artículo 1.

La Comisión creada por Orden ministerial de 16 de septiembre de 1974 acompañará a su propuesta un estudio sobre las posibilidades de formación para ejercer en la radiodifusión y la televisión actividades profesionales no contempladas en los vigentes planes de estudio de los diversos Centros docentes.

Artículo 2.

El proyecto de convalidaciones con los distintos niveles y titulaciones educativas será elevado a la Junta Interministerial creada por Orden de 14 de septiembre de 1971, antes del 30 de abril de 1975. En el mismo plazo será redactado y presentado ante la Subsecretaría de Información y Turismo el estudio sobre formación a que se refiere el artículo anterior.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 29 de noviembre de 1974.

HERRERA Y ESTEBAN

Ilmos. Sres. Subsecretario de Información y Turismo y Director general de Radiodifusión y Televisión.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/11/1974
  • Fecha de publicación: 23/01/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo establecido en el art. 3 de la Orden de 16 de septiembre de 1974 (Ref. BOE-A-1974-1556).
  • CITA Orden de 14 de septiembre de 1971 (Ref. BOE-A-1971-1184).
Materias
  • Radiodifusión
  • Televisión
  • Títulos académicos y profesionales

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