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Documento BOE-A-1975-14868

Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación por la que se regula el acceso a las Escuelas Técnicas Superiores de los alumnos del Plan Experimental de las Escuelas Universitarias de Ingeniería Técnica Aeronáutica, Agrícola, Minera, Obras Públicas e Industrial.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 1975, páginas 15049 a 15049 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-14868

TEXTO ORIGINAL

Establecido por Ordenes ministeriales de 31 de julio de 1974 («Boletín Oficial del Estado» de 2 y 6 de septiembre) el curso de acceso a las Escuelas Técnicas Superiores de los alumnos del Plan Experimental de las Escuelas Universitarias de Ingeniería Técnica Aeronáutica, Agrícola, Minera, Obras Públicas e Industrial, se hace preciso regular de manera provisional el desarrollo de estos cursos.

En consecuencia, oída la Junta Nacional, de Universidades, esta Dirección General ha resuelto:

1.º Los Diplomados del Plan Experimental de 1971 de las Escuelas Universitarias de Ingeniería Técnica Aeronáutica, Agrícola, Minera, Obras Públicas e Industrial que deseen acceder a las enseñanzas de las respectivas Escuelas Técnicas Superiores deberán solicitarlo en la Universidad correspondiente. A dicha solicitud irá unida certificación académica de las materias y calificaciones obtenidas en la Escuela Universitaria.

2.° Los Centros donde se impartirán los cursos de adaptación, según las diferentes Ramas, serán los siguientes:

Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos de Madrid.

Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos de Madrid y Valencia.

Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros de Minas de Madrid y Oviedo.

Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid.

Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Industriales de Madrid, Barcelona o Tarrasa, Sevilla, Valencia. Bilbao y Las Palmas.,

Asimismo, el curso de adaptación podrá impartirse en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de San Sebastián, dependiente de la Universidad de Navarra.

3.° Los cursos de adaptación deberán iniciarse en el primer trimestre del curso, y tendrán la duración del año escolar, regulándose por las mismas normas académicas que rijan la Escuela Técnica Superior correspondiente.

4.° Los cuestionarios de las asignaturas que componen los cursos de adaptación serán los que determine la Dirección General de Universidades e Investigación.

5.° Los alumnos que superen todas las asignaturas que compongan el curso de adaptación ingresarán en el cuarto curso de los estudios correspondientes en las Escuelas Técnicas Superiores.

Lo que comunico a V. S.

Dios guarde a V. S.

Madrid, 5 de junio de 1975.–El Director general, Felipe Lucena Conde.

Sr. Subdirector general de Centros Universitarios.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/06/1975
  • Fecha de publicación: 11/07/1975
Referencias anteriores
Materias
  • Enseñanza Técnica
  • Escuelas Técnicas Superiores
  • Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
  • Ingenieros Técnicos Agrícolas
  • Ingenieros Técnicos de Minas
  • Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
  • Ingenieros Técnicos Industriales

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