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Documento BOE-A-1975-14830

Decreto 1502/1975, de 19 de junio, por el que se suprime el Registro de la Propiedad de Cañete, cuyo Distrito Hipotecario pase a integrarse en el de Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 11 de julio de 1975, páginas 15037 a 15037 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1975-14830

TEXTO ORIGINAL

Por el Ministerio de Justicia se procede actualmente a la revisión de la circunscripción territorial de los Registros de la Propiedad, inspirada en las necesidades del servicio y en la nivelación de trabajo y rendimiento de estas oficinas, lo cual sí aconseja, por una parte, el aumento de Registros en aquellas zonas de crecimiento demográfico y social; paralelamente, de otra, requiere la fusión de Distritos Hipotecarios limítrofes en. que el escaso volumen, de titulación así lo precise; y, a tal efecto –y de conformidad con lo establecido en el Decreto de veintidós de julio de mil novecientos sesenta y siete, Orden ministerial de veinticinco de agosto siguiente y artículos doscientos setenta y cinco de la Ley Hipotecaria y cuatrocientos ochenta y cuatro del Reglamento para su aplicación–, se ha instruido el oportuno expediente, en el que se han recogido los informes preceptivos y ha sido dictaminado favorablemente por el Consejo de Estado.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día seis de junio de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda suprimido el Registro de la Propiedad de Cañete, de modo que su actual Distrito Hipotecario quede integrado en el de Registro de Cuenca, así como la Oficina Liquidadora, que pasará a la Abogacía del Estado de dicha capital.

Artículo 2.

El Ministro de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de este Decreto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a diecinueve de junio de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Justicia,

JOSE MARIA SANCHEZ-VENTURA PASCUAL

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 19/06/1975
  • Fecha de publicación: 11/07/1975
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, señalando como fecha tope el 1 de octubre: Resolución de 14 de julio de 1975 (Ref. BOE-A-1975-17197).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Orden de 25 de agosto de 1967 (Ref. BOE-A-1967-13461).
    • Decreto 1850/1967, de 22 de julio (Ref. BOE-A-1967-13455).
    • art. 484 del Reglamento Hipotecario, aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1947-3843).
    • art. 275 de la Ley Hipotecaria, texto refundido aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1946-2453).
Materias
  • Registros de la Propiedad

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