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Documento BOE-A-1975-115

Corrección de erratas de la Orden de 27 de diciembre de 1974 por la que se determina el número de «Viviendas de Protección Oficial» que podrán ser promovidas durante el año 1975 y se dictan normas para la tramitación de las solicitudes de concesión de cupos.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 4, de 4 de enero de 1975, páginas 182 a 182 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Vivienda
Referencia:
BOE-A-1975-115

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 1, de fecha 1 de enero de 1975, páginas 5 a 9, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 8, segunda columna, en la norma 25, donde dice: «de 250 a 400 viviendas, en dos solares como máximo, siendo uno de ellos por lo menos de 7.500 metros cuadrados, sin que el otro sea inferior a 2.000 metros cuadrados», debe decir: «de 250 a 400 viviendas, en dos solares como máximo, siendo uno de ellos por lo menos de 5.000 metros cuadrados sin que el otro sea inferior a 2.000 metros cuadrados».

En la página 9, primera columna, segunda línea, donde dice: «... por cada familia que exceda de seis...», debe decir: «...por cada familiar que exceda de seis...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/01/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la orden de 27 de diciembre de 1974 (Ref. BOE-A-1975-4).
Materias
  • Crédito Oficial
  • Viviendas de Protección Oficial

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