Quedan sin efecto los cambios para billetes de Banco extranjeros publicados en el «Boletín Oficial del Estado» del día 9 de julio de 1973, y los nuevos cambios que este Instituto aplicará a las operaciones que realice por su propia cuenta a partir de esta fecha hasta el día 15 de julio de 1973, salvo aviso en contrario, serán los que se mencionan.
Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 1973, páginas 14236 a 14236 (1 pág.)