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Documento BOE-A-1973-1515

Orden por la que, en relación con las declaraciones y licencias de importación, se exceptúan de domiciliación bancaria las inferiores a 500.000 pesetas, se amplía a tres meses el plazo para considerar sus «expedientes anormales» por falta de pago y se suprime el anexo 6 bis de sus impresos.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 3 de noviembre de 1973, páginas 21192 a 21193 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1973-1515

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/10/1973
  • Fecha de publicación: 03/11/1973
  • Fecha de entrada en vigor: 03/11/1973
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden de 24 de diciembre de 1969 (Ref. BOE-A-1969-1519).
  • MODIFICA el art. 16 y restablece la vigencia del art. 30.1.b) de la Orden de 25 de septiembre de 1968 (Ref. BOE-A-1968-1137).
  • CITA Resolución de 30 de noviembre de 1968 (Ref. BOE-A-1968-1426).
Materias
  • Banca
  • Importaciones
  • Mercancías

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