Decreto 322/1970, de 12 de febrero, por el que se suspende totalmente por tres meses la aplicación de los derechos establecidos a la importación de bacalao en la partida 03.02 A del Arancel de Aduanas.
[Vigencia agotada]
Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1970, páginas 2578 a 2578 (1 pág.)
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ANÁLISIS
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 12/02/1970
Fecha de publicación: 17/02/1970
Efectos desde el 17 de febrero de 1970.
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
SUSPENDE por tres Meses la aplicación de determinados derechos del Arancel de Aduanas, aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).