Orden por la que se reserva provisionalmente a favor del Estado toda clase de sustancias minerales, excluídos los hidrocarburos flúidos y las rocas bituminosas, en la zona denominada «Cáceres cincuenta y uno», del término municipal de Tejeda de Tiétar, de la provincia de Cáceres.
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«BOE» núm. 57, de 6 de marzo de 1968, páginas 3454 a 3454 (1 pág.)