Resolución de la Dirección General de Sanidad por la que se dan instrucciones con respecto al cumplimiento de la Orden del Ministerio de la Gobernación de 9 de mayo de 1967 por la que se establece la obligatoriedad de que todo molusco susceptible de ser consumido en crudo proceda de zonas salubres o sea previamente depurado.
Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 1967, páginas 11265 a 11266 (2 págs.)