Por Ley ciento cincuenta y uno/mil novecientos sesenta y cuatro, de dieciséis de diciembre, fué incrementada en doscientas dotaciones la Plantilla de Profesores Adjuntos de Universidad. Sin embargo, las necesidades propias del Plan de Desarrollo Económico y Social que motivan la creación de nuevos puestos escolares en las distintas Facultades Universitarias, exigen un aumento gradual de las distintas plantillas del Profesorado Universitario y teniendo en cuenta las funciones que desempeñan los Profesores Adjuntos, parece conveniente ampliar la actual con otras doscientas dotaciones.
En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,
DISPONGO:
Se incrementan en doscientas dotaciones las plazas de Profesores Adjuntos de Universidad, que figuran consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.
Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los créditos necesarios para la efectividad de lo dispuesto en esta Ley.
Dada en el Palacio de El Pardo a veintiuno de diciembre de mil novecientos sesenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
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