Corrección de erratas de la Orden de 14 de julio de 1964 por la que se reservan provisionalmente a favor del Estado los yacimientos de toda clase de sustancias, excluídos los hidrocarburos fluidos y las rocas bituminosas, en la zona denominada «Cáceres cuarenta y tres», comprendida en las provincias de Cáceres y Badajoz.
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«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 1964, páginas 11801 a 11801 (1 pág.)