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Documento BOE-A-1964-13503

Corrección de erratas de la Orden de 13 de julio de 1964 por la que a los efectos previstos en el artículo 76 de la Ley 14/1964, de 11 de junio, de Reforma del Sistema Tributario, se señalan los requisitos que han de cumplirse para que las remuneraciones y pagas extraordinarias tengan la consideración de gasto deducible en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 19 de agosto de 1964, páginas 10935 a 10935 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1964-13503

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 19/08/1964
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 13 de julio de 1964 (Ref. BOE-A-1964-11389).
Materias
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Retribuciones
  • Sociedades

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