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Documento BOE-A-1964-11389

Orden de 13 de julio de 1964 por la que a los efectos previstos en el artículo 76 de la Ley 41/1964, de 11 de junio, de Reforma del Sistema Tributario, se señalan los requisitos que han de cumplirse para que las remumeraciones y pagas extraordinarias tengan la consideración de gasto deducible en la determinación de la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 21 de julio de 1964, páginas 9379 a 9379 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1964-11389

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/07/1964
  • Fecha de publicación: 21/07/1964
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de erratas en BOE num. 199 de 19 de agosto de 1964 (Ref. BOE-A-1964-13503).
Materias
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Retribuciones
  • Sociedades

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