Orden de 14 de mayo de 1963 por la que se establecen la unidad mínima de cultivo y la unidad tipo de aprovechamiento de las zonas de Crispijana, Gomecha, Subijana, Lermanda-Margarita, Zuazu de Vitoria Ribaguda y Ribabellosa, de la provincia de Alava.
Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 25 de mayo de 1963, páginas 8624 a 8624 (1 pág.)