Las campañas que desde el exterior vienen realizándose para dañar el crédito y el prestigio de España han encontrado eco y complicidad en algunas personas que, abusando de las libertades que el Fuero de los Españoles les reconoce, se han sumado a tan indignas maniobras.
El propio Fuero de los Españoles ofrece los recursos que la ocasión exige. En su virtud, visto el artículo treinta y cinco de dicho texto legal a propuesta del Consejo de Ministros en su reunión del día de hoy,
DISPONGO:
Se suspende, en todo el territorio nacional y por el plazo de dos años, el artículo catorce del Fuero de los Españoles.
Se encomienda al Ministro de la Gobernación la adopción de las medidas que, en cada caso se juzguen necesarias en aplicación del artículo anterior, de las que dará cuenta el Consejo de Ministros.
Del presente Decreto-ley se dará inmediata cuenta a las Cortes.
Dado en El Pardo a ocho de junio de mil novecientos sesenta y dos.
FRANCISCO FRANCO
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