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Documento BOE-A-1961-23822

Ley 92/1961, de 23 de diciembre, de modificación de los sueldos de los Catedráticos numerarios y Profesores de los Conservatorios de Música y Declamación.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1961, páginas 18324 a 18324 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1961-23822

TEXTO ORIGINAL

Previsto por la Ley de doce de mayo de mil novecientos cincuenta y seis, elevadora de los sueldos del personal civil de la Administración del Estado, que sus preceptos no se aplicasen totalmente a quienes hubieran obtenido algún otro aumento de haberes con posterioridad a uno de enero de mil novecientos cincuenta y cuatro, quedaron reducidas al cincuenta por ciento de las autorizadas en ella las mejoras correspondientes a las plantillas de Catedráticos numerarios y Profesores de los Conservatorios de Música y Declamación, a causa de que por una Ley de treinta de marzo de mil novecientos cincuenta y cuatro se les había aprobado otra elevación de sus retribuciones.

Ahora bien; como lo que esta última disposición les había concedido representaba únicamente, según la misma, una compensación a su indiscutible prestigio de artistas y a la rigurosidad de su selección adjudicándoles unas plantillas proporcionadas a las demás del mismo Departamento, resulta obvio que al reducirles la mejora de mil novecientas cincuenta y seis se les ha producido una nueva situación de inferioridad, que debe ser remediada mediante la aplicación total de aquella Ley.

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas.

DISPONGO:

Artículo primero.

A partir de la publicación de la presente Ley, las plantillas y sueldos de los Catedráticos numerarios y Profesores de los Conservatorios de Música y Declamación que a continuación se citan, serán los siguientes:

Catedráticos numerarios

2

Catedráticos,

a 40.200 pesetas.

3

Catedráticos,

a 38.520 pesetas.

8

Catedráticos,

a 34.680 pesetas.

12

Catedráticos,

a 31.080 pesetas.

15

Catedráticos,

a 28.680 pesetas.

18

Catedráticos,

a 27.000 pesetas.

20

Catedráticos,

a 25.200 pesetas.

15

Catedráticos,

a 21.480 pesetas.

93

 

 

Esta plantilla podrá disfrutarse indistintamente como sueldo o gratificación; en esta caso, a razón de 21.480 pesetas.

Profesores especiales

50 Profesores especiales, con el sueldo o la gratificación de pesetas 15.720.

Profesores auxiliares

30 Profesores auxiliares, con el sueldo o la gratificación de pesetas 15.480.

50 Profesores auxiliares, con eI sueldo o la gratificación de pesetas 13.320.

80

Artículo segundo.

Por el Ministerio de Hacienda se habilitarán los recursos necesarios para la efectividad de lo anteriormente dispuesto.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintitrés de diciembre de mil novecientos sesenta y uno.

FRANCISCO FRANCO

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 23/12/1961
  • Fecha de publicación: 29/12/1961
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/1962
Referencias anteriores
Materias
  • Cuerpo de Catedráticos Numerarios de Conservatorios de Música y Declamación
  • Cuerpo de Profesores Especiales de Conservatorios de Música y Declamación
  • Retribuciones

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