Orden de 6 de diciembre de 1960 por la que se dispone que la jornada legal de siete horas en las labores subterráneas de las minas metálicas pueda aumentarse hasta el máximo de ocho horas durante el primer semestre de 1961.
Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 1960, páginas 17429 a 17430 (2 págs.)