Lengua de procedimiento: francés
Partes
Recurrente: República Francesa (representantes: A.-L. Desjonquères, C. Mosser y D. Colas, agentes)
Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: X. Lewis, A. Sauka y J. Aquilina, agentes)
Fallo
1) |
Anular la sentencia del Tribunal General de 12 de marzo de 2019, Francia/Comisión (T-26/18, no publicada, EU:T:2019:153), por cuanto, por una parte, el Tribunal General desestimó el recurso de la República Francesa relativo a la Decisión de Ejecución (UE) 2017/2014 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2017, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en la medida en que, en el fundamento titulado «Graves deficiencias en el sistema de control en Córcega», impuso a dicho Estado miembro correcciones a tanto alzado con un porcentaje del 100 % aplicadas a las ayudas directas por superficie concedidas en Haute-Corse, correspondientes a los años de solicitud 2013 y 2014, como consecuencia de las deficiencias en el sistema de control de las ayudas por superficie en Haute-Corse, y, por otra parte, se pronunció sobre las costas. |
2) |
Anular la Decisión de Ejecución 2017/2014 en la medida en que, en el fundamento titulado «Graves deficiencias en el sistema de control en Córcega», impone a la República Francesa las correcciones a tanto alzado con un porcentaje del 100 % aplicadas a las ayudas directas por superficie concedidas en Haute-Corse correspondientes a los años de solicitud 2013 y 2014, como consecuencia de las deficiencias en el sistema de control de las ayudas por superficie en Haute-Corse. |
3) |
La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas en el procedimiento en casación y con un cuarto de las costas en que incurrió en primera instancia, con las costas de la República Francesa en el procedimiento en casación y con un cuarto de las costas en que incurrió dicho Estado miembro en primera instancia. |
4) |
La República Francesa cargará, en el procedimiento en primera instancia, además de con tres cuartas partes de sus propias costas, con tres cuartas partes de las de la Comisión. |
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