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Documento DOUE-L-2022-80623

Decisión de Ejecución (UE) 2022/621 de la Comisión de 7 de abril de 2022 por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 en lo que respecta a las normas armonizadas relativas a las hormigoneras sobre camión, las grúas y otras máquinas, elaboradas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 115, de 13 de abril de 2022, páginas 75 a 84 (10 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80623

TEXTO ORIGINAL

 

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (1), y en particular su artículo 10, apartado 6,

Vista la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (2), y en particular su artículo 7, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

Según el artículo 7 de la Directiva 2006/42/CE, una máquina fabricada de conformidad con una norma armonizada, cuya referencia se haya publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, ha de considerarse conforme a los requisitos esenciales de salud y seguridad contemplados por dicha norma armonizada.

(2)

 

 

(3)

Mediante la carta M/396, de 19 de diciembre de 2006, la Comisión solicitó al Comité Europeo de Normalización (CEN) y al Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) la elaboración, revisión y finalización de los trabajos sobre las normas armonizadas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE («la solicitud»), a fin de tener en cuenta los cambios introducidos por dicha Directiva en comparación con la Directiva 98/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

 

Sobre la base de la solicitud, el CEN elaboró las nuevas normas armonizadas EN 13852-3:2021, sobre grúas marítimas ligeras, EN 12385-5:2021, sobre cables de cordones para ascensores, y EN 12609:2021, sobre requisitos de seguridad para las hormigoneras sobre camión.

(4)

Sobre la base de la solicitud, el CEN y el Cenelec revisaron asimismo las normas armonizadas existentes, cuyas referencias están publicadas en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea mediante la Comunicación 2018/C 092/01 de la Comisión (4), para adaptarlas al progreso tecnológico. Esto dio lugar a la adopción de las nuevas normas armonizadas siguientes: EN 12312-5:2021, sobre equipo para el repostaje de aeronaves; EN 13001-2:2021, sobre seguridad de las grúas; EN 1501-1:2021, sobre vehículos para la recogida de residuos de carga posterior; EN 1501-2:2021, sobre vehículos para la recogida de residuos de carga lateral; EN 1501-3:2021, sobre vehículos para la recogida de residuos de carga frontal; EN 1501-5:2021, sobre dispositivos de elevación de contenedores en vehículos para la recogida de residuos; EN 1829-1:2021, sobre máquinas por chorro de agua a alta presión; EN ISO 22868:2021, sobre métodos de ingeniería para el ensayo de ruido para máquinas portátiles con motor de combustión interna; EN 303-5:2021, sobre calderas especiales para combustibles sólidos; EN ISO 11202 2010/A1:2021, sobre determinación de los niveles de presión acústica en el puesto de trabajo y en otras posiciones especificadas; EN ISO 19085-1:2021, sobre requisitos comunes para máquinas para trabajar la madera; EN ISO 1756-1:2021, sobre requisitos de seguridad para compuertas elevadoras; y EN IEC 62061:2021, sobre seguridad funcional de sistemas de mando relativos a la seguridad.

(5)

 

(6)

Además, el CEN y el Cenelec modificaron las normas armonizadas EN 13001-3-6:2018, EN 50636-2-107:2015/A1:2018 y EN 60335-1:2012/A13:2017, cuyas referencias se publicaron mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 de la Comisión (5).

 

La Comisión, junto con el CEN y el Cenelec, ha evaluado si las normas elaboradas, revisadas y modificadas por el CEN y el Cenelec se ajustan a la solicitud.

(7)

Las normas armonizadas elaboradas, revisadas y modificadas por el CEN y el Cenelec sobre la base de la solicitud cumplen los requisitos de seguridad que pretenden abarcar y que establece la Directiva 2006/42/CE. Procede, por tanto, publicar las referencias de dichas normas en el Diario Oficial de la Unión Europea, junto con las referencias de cualquier norma pertinente que las modifique o corrija.

(8)

La referencia de la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea con una restricción mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1813 de la Comisión (6). Dicha norma sustituyó la referencia de la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018 sin prever un período transitorio. A fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para prepararse para la aplicación de la nueva norma, conviene volver a publicar excepcionalmente la referencia a la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018 en el Diario Oficial de la Unión Europea por un período de tiempo limitado. Por razones de seguridad jurídica, la publicación de la referencia a la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018 debe abarcar también el período anterior a la entrada en vigor de la presente Decisión.

(9)

El texto de la restricción de la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019 introducida por la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1813 no es claro, ya que confunde dos deficiencias distintas detectadas en la norma armonizada.

(10)

La primera deficiencia se refiere al nivel inadecuado de visibilidad determinado con la norma EN 474-1:2006+A6:2019 cuando se aplica en combinación con los requisitos de la norma EN 474-5:2006+A3:2013 para las excavadoras hidráulicas. La norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019, al igual que la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018, no garantiza que el conductor pueda manipular la máquina y sus herramientas en las condiciones de uso previsibles, con total seguridad para sí mismo y para las personas expuestas. Por consiguiente, la restricción establecida en la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018 en relación con los requisitos esenciales de salud y seguridad 1.2.2 y 3.2.1 del anexo I de la Directiva 2006/42/CE debe mantenerse para la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019.

(11)

La segunda deficiencia se refiere al hecho de que el mecanismo de acoplamientos rápidos utilizado para fijar excavadoras hidráulicas y retrocargadoras a la maquinaria para movimiento de tierras no incluye un sistema activo de alerta ni un sistema activo de control para el operador cuando acopla incorrectamente la máquina con la extensión. Como tal, la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019 incumple los requisitos esenciales de salud y seguridad para la integración de la seguridad y la prevención de riesgos derivados de la caída de objetos establecidos en el anexo I, punto 1.1.2, letras b) y c), y punto 1.3.3 de la Directiva 2006/42/CE. Estos puntos deben mencionarse en la restricción de la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019.

(12)

En aras de la claridad y la seguridad jurídica, las deficiencias detectadas deben expresarse mediante dos restricciones separadas para la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019.

(13)

La referencia de la norma armonizada EN 60335-1:2012 se publicó por primera vez mediante la Comunicación 2012/C 159/1 de la Comisión (7). La referencia de dicha norma incluía una referencia a la corrección de errores EN 60335-1:2012/AC:2014 a partir de la publicación de dicha norma mediante la Comunicación 2016/C 14/1 de la Comisión (8). La referencia de la norma armonizada EN 60335-1:2012 se publicó en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 únicamente con referencia a las modificaciones EN 60335-1:2012/A11:2014 y EN 60335-1:2012/A13:2017. Por error, la referencia a la corrección de errores EN 60335-1:2012/AC:2014 se omitió en la publicación de la referencia de la norma armonizada EN 60335-1:2012 en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436. Procede, por tanto, sustituir la referencia de la norma armonizada EN 60335-1:2012 junto con las referencias de las modificaciones EN 60335-1:2012/A11:2014 y EN 60335-1:2012/A13:2017 e incluir la referencia de la corrección de errores EN 60335-1:2012/AC:2014. Por razones de seguridad jurídica, la referencia de la norma armonizada EN 60335-1:2012 modificada por la presente Decisión debe aplicarse retroactivamente.

(14)

La Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 establece en su anexo I las referencias de normas armonizadas que confieren la presunción de conformidad con la Directiva 2006/42/CE, y en su anexo II, las referencias de normas armonizadas que confieren la presunción de conformidad con restricciones. A fin de garantizar que las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE figuren en un único acto, las referencias de las normas que el CEN y el Cenelec sustituyan, revisen o modifiquen deben incluirse en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436.

(15)

En el anexo III de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 figuran las referencias de las normas armonizadas elaboradas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE que se retiran de la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea a partir de las fechas indicadas en dicho anexo.

(16)

Como resultado del trabajo realizado por el CEN y el Cenelec sobre la base de la solicitud, se han sustituido, revisado o modificado las siguientes normas armonizadas publicadas en la serie C del Diario Oficial de la Unión Europea: EN 12312-5:2005+A1:2009; EN 13001-2:2014; EN 1501-1:2011+A1:2015; EN 1501-2:2005+A1:2009; EN 1501-3:2008; EN 1501-5:2011; EN 1829-1:2010; EN ISO 22868:2011; EN 303-5:2012; EN ISO 11202:2010; EN ISO 19085-1:2017; EN 1756-1:2001+A1:2008; y EN 62061:2005/A2:2015. Es necesario, por tanto, retirar las referencias de dichas normas del Diario Oficial de la Unión Europea incluyéndolas en el anexo III de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436.

(17)

Es asimismo necesario retirar las referencias de las normas armonizadas EN 13001-3-6:2018, EN 50636-2-107 2015/A2:2020, y EN 60335-1:2012/A13:2017, publicadas por la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436, dado que dichas normas han sido modificadas. Procede, por tanto, eliminar dichas referencias del anexo I de dicha Decisión de Ejecución.

(18)

Con el fin de que los fabricantes dispongan de tiempo suficiente para prepararse para la aplicación de las normas nuevas, revisadas o modificadas, es necesario aplazar la retirada de las referencias de las siguientes normas armonizadas: EN 12312-5:2005+A1:2009; EN 13001-2:2014; EN 1501-1:2011+A1:2015; EN 1501-2:2005+A1:2009; EN 1501-3:2008; EN 1501-5:2011; EN 1829-1:2010; EN ISO 22868:2011; EN 303-5:2012; EN ISO 11202:2010; EN ISO 19085-1:2017; EN 1756-1:2001+A1:2008; EN 62061:2005/A2:2015; EN 13001-3-6:2018, EN 50636-2-107:2015/A2:2020, y EN 60335-1:2012/A13:2017.

(19)

 

(20)

Procede, por tanto, modificar la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 en consecuencia.

 

La conformidad con una norma armonizada confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales correspondientes establecidos en la legislación de armonización de la Unión a partir de la fecha de publicación de la referencia de dicha norma en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por tanto, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su publicación.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 se modifica como sigue:

1) En el artículo 1, se añade el párrafo siguiente:

«La referencia de la norma armonizada EN 474-1:2006+A5:2018, relativa a la maquinaria para movimiento de tierras, elaborada en apoyo de la Directiva 2006/42/CE, que figura en el anexo IIA de la presente Decisión, se publica en el

Diario Oficial de la Unión Europea

con restricciones. Dicha referencia se considerará publicada en el

Diario Oficial de la Unión Europea

por el período establecido en dicho anexo.»;

2) el anexo I se modifica de conformidad con el anexo I de la presente Decisión;

3) el anexo II se modifica de conformidad con el anexo II de la presente Decisión;

4) se inserta el anexo IIA, que figura en el anexo III de la presente Decisión;

5) el anexo III se modifica de conformidad con el anexo IV de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Los puntos 1, 4 y 6 del anexo I se aplicarán a partir del 11 de octubre de 2023.

El punto 3 del anexo I será aplicable a partir del 19 de marzo de 2019.

Hecho en Bruselas, el 7 de abril de 2022.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)  DO L 316 de 14.11.2012, p. 12.

(2)  DO L 157 de 9.6.2006, p. 24.

(3)  Directiva 98/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, relativa a la aproximación de legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas (DO L 207 de 23.7.1998, p. 1).

(4)  Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión) (DO C 92 de 9.3.2018, p. 1).

(5)  Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 de la Comisión, de 18 de marzo de 2019, relativa a las normas armonizadas para las máquinas establecidas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 75 de 19.3.2019, p. 108).

(6)  Decisión de Ejecución (UE) 2021/1813 de la Comisión, de 14 de octubre de 2021, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2019/436 en lo que respecta a las normas armonizadas sobre equipos de tierra para aeronaves, grúas, herramientas para minería y otras máquinas, elaboradas en apoyo de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por la que se deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2015/27 de la Comisión (DO L 366 de 15.10.2021, p. 109).

(7)  Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la directiva) (DO C 159 de 5.6.2012, p. 1).

(8)  Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la legislación sobre armonización de la Unión) (DO C 14 de 15.1.2016, p. 1).

ANEXO I

El anexo I se modifica como sigue:

1) se suprime la fila 12;

 

2) se añade la fila 12 bis siguiente:

«12 bis

EN 13001-3-6:2018+A1:2021

Grúas. Diseño general. Parte 3-6: Estados límite y prueba de aptitud de la maquinaria. Cilindros hidráulicos.

C»;

3) la fila 33 se sustituye por el texto siguiente:

«33.

EN 60335-1:2012

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales. IEC 60335-1:2010 (modificada).

EN 60335-1:2012/AC:2014

EN 60335-1:2012/A11:2014

EN 60335-1:2012/A13:2017

C»;

4) se suprime la fila 33;

 

5) se añade la fila 33 bis siguiente:

«33 bis

EN 60335-1:2012

Aparatos electrodomésticos y análogos. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales. IEC 60335-1:2010 (modificada).

EN 60335-1:2012/AC:2014

EN 60335-1:2012/A11:2014

EN 60335-1:2012/A13:2017

EN 60335-1:2012/A15:2021

C»;

6) se suprime la fila 90;

 

7) se añade la fila 90 bis siguiente:

«90 bis

EN 50636-2-107:2015

Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2-107: Requisitos particulares para cortadoras de césped eléctricas robotizadas alimentadas por baterías IEC 60335-2-107:2012 (modificada)

EN 50636-2-107:2015/A1:2018

EN 50636-2-107:2015/A2:2020

EN 50636-2-107:2015/A3:2021

C»;

8) se añaden las filas siguientes:

«119.

EN ISO 11202:2010

Acústica. Ruido emitido por maquinaria y equipos. Determinación de los niveles de presión acústica en el puesto de trabajo y en otras posiciones especificadas aplicando correcciones ambientales aproximadas. (ISO 11202:2010)

EN ISO 11202:2010/A1:2021

B

120.

EN 303-5:2021

Calderas de calefacción. Parte 5: Calderas especiales para combustibles sólidos, de carga manual y automática y potencial útil nominal hasta 500 kW. Terminología, requisitos, ensayos y marcado.

C

121.

EN 1501-1:2021

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 1: Vehículos para la recogida de residuos de carga posterior.

C

122.

EN 1501-2:2021

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 2: Vehículos para la recogida de residuos de carga lateral.

C

123.

EN 1501-3:2021

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 3: Vehículos para la recogida de residuos de carga frontal.

C

124.

EN 1501-5:2021

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 5: Dispositivos de elevación de contenedores en vehículos para la recogida de residuos.

C

125.

EN 1756-1:2021

Compuertas elevadoras. Plataformas elevadoras para montaje sobre vehículos rodantes. Requisitos de seguridad. Parte 1: Compuertas elevadoras para mercancías.

C

126.

EN 1829-1:2021

Máquinas por chorro de agua a alta presión. Requisitos de seguridad. Parte 1: Máquinas

C

127.

EN 12312-5:2021

Equipos de tierra para aeronaves. Requisitos específicos. Parte 5: Equipo para el repostaje de aeronaves.

C

128.

EN 12385-5:2021

Cables de acero. Seguridad. Parte 5: Cables de cordones para ascensores

C

129.

EN 12609:2021

Hormigoneras sobre camión. Requisitos de seguridad.

C

130.

EN 13001-2:2021

Seguridad de las grúas. Requisitos generales de diseño. Parte 2: Acciones de la carga.

C

131.

EN 13852-3:2021

Grúas. Grúas marítimas. Parte 3: Grúas marítimas ligeras

C

132.

EN ISO 19085-1:2021

Máquinas para trabajar la madera. Seguridad. Parte 1: Requisitos comunes. (ISO 19085-1:2021).

C

133.

EN ISO 22868:2021

Maquinaria forestal y de jardinería. Código de ensayo de ruido para máquinas portátiles con motor de combustión interna. Métodos de ingeniería (grado de precisión 2) (ISO 22868: 2021)

C

134.

EN IEC 62061:2021

Seguridad de las máquinas. Seguridad funcional de sistemas de mando relativos a la seguridad IEC 62061:2021

B».

ANEXO II
En el anexo II, la fila 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.

EN 474-1:2006+A6:2019

Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales.

Nota 1: La presente publicación no afecta al apartado 5.8.1, «Visibilidad. Campo de visión del operador», de esta norma, pero únicamente en relación con los requisitos de la norma EN 474-5:2006+A3:2013 para las excavadoras hidráulicas, cuya aplicación no confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de salud y seguridad de los puntos 1.2.2 y 3.2.1 del anexo I de la Directiva 2006/42/CE.

Nota 2: En lo que respecta al punto B.2, «Acoplamientos rápidos», del anexo B„ la norma armonizada EN 474-1:2006+A6:2019 no confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de salud y seguridad 1.1.2, letras b) y c), y 1.3.3 del anexo I de la Directiva 2006/42/CE cuando se aplica en combinación con los requisitos de las normas EN 474-4:2006+A2:2012, para las retrocargadoras, y EN 474-5:2006+A3:2013, para las excavadoras hidráulicas.

C»;

ANEXO III
«ANEXO IIA

Referencia de la norma

Tipo

Desde

Hasta

1.

EN 474-1:2006+A5:2018

Maquinaria para movimiento de tierras. Seguridad. Parte 1: Requisitos generales.

Nota: La presente publicación no afecta al punto 5.8.1, «Visibilidad. Campo de visión del operador», de esta norma, pero únicamente en relación con los requisitos de la norma EN 474-5:2006+A3:2013 para las excavadoras hidráulicas, cuya aplicación no confiere la presunción de conformidad con los requisitos esenciales de salud y seguridad de los puntos 1.2.2 y 3.2.1 del anexo I de la Directiva 2006/42/CE.

C

15 de octubre de 2021

11 de octubre de 2022.

»
ANEXO IV
En el anexo III, se añaden las filas siguientes:

«114.

EN 12312-5:2005+A1:2009

Equipos de tierra para aeronaves. Requisitos específicos. Parte 5: Equipo para el repostaje de aeronaves.

11 de octubre de 2023

C

115.

EN 13001-2:2014

Seguridad de las grúas. Requisitos generales de diseño. Parte 2: Acciones de la carga.

11 de octubre de 2023

C

116.

EN 1501-1:2011+A1:2015

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 1: Vehículos para la recogida de residuos de carga posterior.

11 de octubre de 2023

C

117.

EN 1501-2:2005+A1:2009

Vehículos para la recogida de residuos y sus dispositivos de elevación asociados. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 2: Vehículos para la recogida de residuos de carga lateral.

11 de octubre de 2023

C

118.

EN 1501-3:2008

Vehículos para la recogida de residuos y sus dispositivos de elevación asociados. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 3: Vehículos para la recogida de residuos de carga frontal.

11 de octubre de 2023

C

119.

EN 1501-5:2011

Vehículos para la recogida de residuos. Requisitos generales y requisitos de seguridad. Parte 5: Dispositivos de elevación de contenedores en vehículos para la recogida de residuos.

11 de octubre de 2023

C

120.

EN 1756-1:2001+A1:2008

Compuertas elevadoras. Plataformas elevadoras para montaje sobre vehículos rodantes. Requisitos de seguridad. Parte 1: Compuertas elevadoras para mercancías.

11 de octubre de 2023

C

121.

EN 1829-1:2010

Máquinas por chorro de agua a alta presión. Requisitos de seguridad. Parte 1: Máquinas

11 de octubre de 2023

C

122.

EN 303-5:2012

Calderas de calefacción. Parte 5: Calderas especiales para combustibles sólidos, de carga manual y automática y potencial útil nominal hasta 500 kW. Terminología, requisitos, ensayos y marcado.

11 de octubre de 2023

C

123.

EN 62061:2005

Seguridad de las máquinas. Seguridad funcional de sistemas de mando eléctricos, electrónicos y electrónicos programables relativos a la seguridad. IEC 62061:2005

EN 62061:2005/AC:2010

EN 62061:2005/A1:2013

EN 62061:2005/A2:2015

11 de octubre de 2023

B

124.

EN ISO 11202:2010

Acústica. Ruido emitido por maquinaria y equipos. Determinación de los niveles de presión acústica en el puesto de trabajo y en otras posiciones especificadas aplicando correcciones ambientales aproximadas. (ISO 11202:2010)

11 de octubre de 2023

B

125.

EN ISO 19085-1:2017

Máquinas para trabajar la madera. Seguridad. Parte 1: Requisitos comunes. (ISO 19085-1:2017).

11 de octubre de 2023

C

126.

EN ISO 22868:2011

Maquinaria forestal y de jardinería. Código de ensayo de ruido para máquinas portátiles con motor de combustión interna. Métodos de ingeniería (grado de precisión 2) (ISO 22868: 2011)

11 de octubre de 2023

C»;

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 07/04/2022
  • Fecha de publicación: 13/04/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 13/04/2022
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 2023/1586, de 26 de julio (Ref. DOUE-L-2023-81121).
  • Fecha de derogación: 02/08/2023
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2022/621/spa
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 1, los anexos I, II y III y AÑADE el anexo IIbis a la Decisión 2019/436, de 18 de marzo (Ref. DOUE-L-2019-80415).
Materias
  • Comercialización
  • Maquinaria
  • Normalización
  • Seguridad e higiene en el trabajo
  • Seguridad industrial

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