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Documento DOUE-L-2021-81519

Reglamento Delegado (UE) 2021/1961 de la Comisión de 5 de agosto de 2021 por el que se modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo, a fin de tener en cuenta la evolución de la masa de los turismos nuevos matriculados en 2017, 2018 y 2019.

Publicado en:
«DOUE» núm. 400, de 12 de noviembre de 2021, páginas 14 a 15 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2021-81519

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 443/2009 y (UE) n.o 510/2011 (1), y en particular su artículo 14, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El valor M0 para los años 2022, 2023 y 2024 contemplado en el artículo 14, apartado 1, letra a), debe establecerse sobre la base de la masa media en orden de marcha de todos los turismos nuevos matriculados en la Unión en 2017, 2018 y 2019.

(2)

Según los valores especificados en las Decisiones de Ejecución de la Comisión (UE) 2019/582 (2), (UE) 2020/1035 (3) y (UE) 2021/973 (4), ponderados en función del número de nuevas matriculaciones en cada uno de esos años, la masa media en orden de marcha de los turismos nuevos matriculados en los años naturales 2017, 2018 y 2019 fue de 1 398,50 kg.

(3)

Por consiguiente, los objetivos de emisiones específicas para los fabricantes de turismos nuevos deben calcularse, para los años naturales 2022, 2023 y 2024, de conformidad con la fórmula que figura en el anexo I, parte A, punto 4, del Reglamento (UE) 2019/631, asignando a M0 el valor 1 398,50.

(4)

Procede, por lo tanto, modificar el Reglamento (UE) 2019/631 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo I, parte A, punto 4, del Reglamento (UE) 2019/631, la entrada «M0» se sustituye por el texto siguiente:

«M0 es 1 379,88 en 2021 y 1 398,50 en 2022, 2023 y 2024;».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 5 de agosto de 2021.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

 

 

(1)  DO L 111 de 25.4.2019, p. 13.

(2)  Decisión de Ejecución (UE) 2019/582 de la Comisión, de 3 de abril de 2019, por la que se confirma o modifica el cálculo provisional de las emisiones medias específicas de CO2 y los objetivos de emisiones específicas de los fabricantes de vehículos comerciales ligeros nuevos correspondientes al año natural 2017 y de la agrupación Volkswagen y sus miembros correspondientes a los años naturales 2014, 2015 y 2016, en aplicación del Reglamento (UE) n.o 510/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 100 de 11.4.2019, p. 47).

(3)  Decisión de Ejecución (UE) 2020/1035 de la Comisión, de 3 de junio de 2020, por la que se confirma o modifica el cálculo provisional de las emisiones medias específicas de CO2 y los objetivos de emisiones específicas de los fabricantes de vehículos comerciales ligeros nuevos correspondientes al año natural 2018, en aplicación del Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 227 de 16.7.2020, p. 37).

(4)  Decisión de Ejecución (UE) 2021/973 de la Comisión, de 1 de junio de 2021, por la que se confirma o modifica el cálculo provisional de las emisiones medias específicas de CO2 y los objetivos de emisiones específicas de los fabricantes de turismos y de vehículos comerciales ligeros correspondientes al año natural 2019 y, para el fabricante de turismos Dr. Ing. h. c. F. Porsche AG y la agrupación Volkswagen, correspondientes a los años naturales 2014-2018, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 215 de 17.6.2021, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2019/631, de 17 de abril (Ref. DOUE-L-2019-80663).
Materias
  • Comercialización
  • Consumo de energía
  • Contaminación atmosférica
  • Derechos de contaminación negociables
  • Industrias
  • Políticas de medio ambiente
  • Reglamentaciones técnicas
  • Vehículos de motor

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