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Documento DOUE-L-2020-80621

Decisión (UE) 2020/545 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de abril de 2020 relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad para financiar medidas presupuestarias inmediatas en el contexto del brote de COVID-19 y al refuerzo de la Fiscalía Europea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 125, de 21 de abril de 2020, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2020-80621

TEXTO ORIGINAL

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (1), y en particular su apartado 12,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) El Instrumento de Flexibilidad está destinado a permitir la financiación de gastos claramente determinados que no puedan financiarse dentro de los límites máximos disponibles para una o más de las demás rúbricas.

(2) El límite máximo del importe anual disponible para el Instrumento de Flexibilidad es de 600 000 000 EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2), incrementado, en su caso, por importes cancelados disponibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, apartado 1, párrafo segundo.

(3) A fin de hacer frente a las dificultades en el contexto del brote de COVID-19, es necesario movilizar importes para financiar medidas apropiadas con carácter urgente. También es necesario contemplar la financiación del refuerzo necesario de la Fiscalía Europea.

(4) Habiendo examinado todas las posibilidades de reasignación de créditos dentro del límite máximo de gastos de la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía), es necesario movilizar el Instrumento de Flexibilidad con objeto de complementar la financiación del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2020 superando el límite máximo de la rúbrica 3 en un importe de 73 300 000 EUR, para sufragar medidas inmediatas en el contexto del brote de COVID-19 y para reforzar la Fiscalía Europea.

(5) Conforme al perfil de pagos previsto, los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad deben distribuirse a lo largo de dos ejercicios.

(6) La presente Decisión está vinculada a la financiación incluida en el presupuesto rectificativo n.o 1 del presupuesto general de la Unión Europea para 2020. Para garantizar la coherencia con dicho presupuesto rectificativo, la presente Decisión debe entrar en vigor el día de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

1.   En el marco del presupuesto general de la Unión para el ejercicio 2020, se movilizará el Instrumento de Flexibilidad para consignar en la rúbrica 3 (Seguridad y ciudadanía) el importe de 73 300 000 EUR en créditos de compromiso.

Este importe se utilizará para financiar medidas inmediatas en el contexto del brote de COVID-19 y para el refuerzo de la Fiscalía Europea.

2.   Conforme al perfil de pagos previsto, los créditos de pago correspondientes a la movilización del Instrumento de Flexibilidad se estiman del siguiente modo:

 a) 43 300 000 EUR en 2020;

 b) 30 000 000 EUR en 2021.

Los importes concretos de los créditos de pago para cada ejercicio se autorizarán de conformidad con el procedimiento presupuestario anual.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 17 de abril de 2020.

Hecho en Bruselas, el 17 de abril de 2020.

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

D. M. SASSOLI

Por el Consejo

El Presidente

G. GRLIĆ RADMAN

(1)  DO C 373 de 20.12.2013, p. 1.

(2)  Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 17/04/2020
  • Fecha de publicación: 21/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 21/04/2020
  • Aplicable desde el 17 de abril de 2020.
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/dec/2020/545/spa
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Catástrofes
  • Créditos Presupuestarios
  • Epidemias
  • Fiscalía Europea
  • Instrumento Financiero Comunitario
  • Presupuestos comunitarios
  • Protección Civil
  • Sanidad
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas
  • Unión Europea

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