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Documento DOUE-L-2019-82048

Decisión de Ejecución (UE) 2019/2250 del Consejo de 19 de diciembre de 2019 por la que se aprueba el Reglamento interno de Eurojust.

Publicado en:
«DOUE» núm. 336, de 30 de diciembre de 2019, páginas 309 a 309 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-82048

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por el que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (1), y en particular su artículo 5, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1727, el Colegio de Eurojust (en lo sucesivo, «Colegio») ha de adoptar el Reglamento interno de Eurojust. Dicho Reglamento interno debe ser aprobado por el Consejo mediante actos de ejecución.

(2) El proyecto de Reglamento interno fue aprobado por el Colegio el 12 de diciembre de 2019, de conformidad con el artículo 5, apartado 5, del Reglamento (UE) 2018/1727. Las normas de procedimiento independientes relativas al tratamiento y a la protección de los datos personales a que se refiere el artículo 17 del Reglamento interno fueron aprobadas por el Colegio el 16 de diciembre de 2019.

(3) El Reglamento interno y las normas de procedimiento independientes relativas al tratamiento y a la protección de los datos personales a que se refiere el artículo 17 del Reglamento interno deben ser aprobados por el Consejo.

(4) Dinamarca no está vinculada por el Reglamento (UE) 2018/1727 y, por lo tanto, no participa en la adopción y aplicación de la presente Decisión por la que se aplica el Reglamento (UE) 2018/1727.

(5) Irlanda y el Reino Unido están vinculados por el Reglamento (UE) 2018/1727 y, por lo tanto, participan en la adopción y aplicación de la presente Decisión por la que se aplica el Reglamento (UE) 2018/1727.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado el Reglamento interno de Eurojust y las normas de procedimiento independientes relativas al tratamiento y a la protección de los datos personales a que se refiere el artículo 17 del Reglamento interno.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2019.

Por el Consejo

El Presidente

K. MIKKONEN

(1) DO L 295 de 21.11.2018, p. 138.

ANÁLISIS

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA los arts. 2, 3 y 5 del Reglamento interno, por Decisión 2020/1114, de 23 de julio (Ref. DOUE-L-2020-81196).
  • SE DICTA EN RELACIÓN:
    • sobre tratamiento y a la protección de datos personales: Reglamento de 20 de diciembre de 2019 (Ref. DOUE-L-2020-80253).
    • sobre publicación del Reglamento interno: Reglamento de 20 de diciembre de 2019 (Ref. DOUE-L-2020-80252).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento 2018/1727, de 14 de noviembre (Ref. DOUE-L-2018-81851).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Eurojust
  • Ficheros con datos personales
  • Organismo y agencia CE
  • Unión Europea

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