BDNS(Identif.):551501
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/551501)
Primero. Beneficiarios:
Las entidades asociativas de mujeres rurales previstas en el artículo 3 de las bases reguladoras de estas subvenciones, que desarrollen actividades incluidas en el artículo 1 de dichas bases y que cumplan los contenidos y requisitos previstos en su artículo 5 y los criterios de valoración previstos en su artículo 6.
Segundo. Finalidad:
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para el ejercicio 2021, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional, para la realización de actividades específicas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en el desarrollo rural.
Tercero. Bases reguladoras:
Real Decreto 146/2019, de 15 de marzo, publicado en Boletín Oficial del Estado número 65, de 16 de marzo de 2019, modificado por Real Decreto 810/2020, de 8 de septiembre, publicado en Boletín Oficial del Estado número 241, de 9 de septiembre de 2020.
Cuarto. Cuantía:
El importe máximo total en la presente convocatoria es de 400.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 12 de marzo de 2021.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P.D. Orden APA/1096/2020, de 20 de noviembre (BOE 308 de 24 de noviembre de 2020), la Subdirectora General de Dinamización del Medio Rural, Carolina Gutiérrez Ansótegui.
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