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Documento BOE-B-2020-12041

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 17 de marzo de 2020, páginas 15706 a 15706 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-12041

TEXTO

Edicto declaración de concurso

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado (art. 23 y 24 LC):

Número de asunto: 314/2020- Sección B

Fecha del auto de declaración: 7 de febrero de 2020.

Clase de concurso: voluntario abreviado.

Entidad concursada: Terracel, S.C.P.

NIF de la concursada: J-55058788.

Domicilio social de la concursada: Calle Sota Camí núm. 11, local 2 de la población de Maçanet de la Selva CP 17412 (Girona).

Administrador concursal: Vilanova Assessors i Consultors, S.L.P.

- Dirección postal: Plaça Monestir, número 1, de la población de Banyoles CP 17820.

- Dirección electrónica: vilanovaconsultors@gmail.com

Regimen de las facultades del concursado: La concursada mercantil tiene suspendida las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores y liquidador, en este caso cesados sus administradores solidarios señor Jordi Alberti Oriol y la señora Isabel Sanagustín Aijón, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE.

Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramón Folch núm. 4-6 de Girona).

Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso, se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil y el cese de los administradores de la concursada, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal.

Girona, 2 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

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