Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-3979

Resolución de 15 de febrero de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Diabetescero.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 21 de marzo de 2018, páginas 31758 a 31760 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-3979

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Diabetescero resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña María Victoria Motos Rodríguez, doña Juana Motos Rodríguez, doña Isabel María Mérida García, don Juan Jesús Ariza Aguilera, doña María Luisa Sánchez Gallego, don Rafael García López, don Rafael Gómez Pérez, don Manuel Castro Gil, doña María del Carmen Gallego Jiménez, doña Marta Victoria Lozano Motos, doña María Elena Pérez Arco, las entidades Asociación Granadina de Diabetes (Agradí), Asociación Diabetes Cero, Asociación de Diabéticos Roteños «La Merced», Asociación Regional de Diabéticos de la Sierra de Cabra, Asociación de Diabéticos de Ciudad-Rodrigo y Comarca (A.D.CR. y C.), la Asociación para la promoción de la investigación Diabetes Cero de Bizkaia, la Asociación Diabéticos de Jerez (Cádiz), don Salvador Budiño Martínez, doña Nuria Vega Leandro, doña María del Mar Monge Monge, doña María Begoña Villena Molina y don Juan Carlos Arrarte Martínez, en virtud de la escritura pública otorgada ante la notaria de Baza, doña Raquel Spínola Spínola con residencia en Huéscar como sustituta por incompatibilidad de su compañera doña Juana Motos Rodríguez el 8 de junio de 2017, con el número 712 de su protocolo, ratificada por otra otorgada ante el notario de Bilbao, don Jaime Fernández Ostolaza, el 9 de junio de 2017, con el número 1332 de su protocolo y subsanada la primera por otra otorgada ante la notaria de Écija, doña María de los Ángeles García Ortiz, el 24 de noviembre de 2017, con el número 1232 de su protocolo, y complementada por otra otorgada ante la notaria de Écija, doña María de los Ángeles García Ortiz, el 13 de febrero de 2017, con el número 173 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Profesor Hernández Díaz, n.º 7 B, de Écija (Sevilla) C.P. 41400 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Impulsar, informar, financiar y acelerar los avances en investigación para la cura de la diabetes tipo 1.

Quinto. Patronato.

Patronos:

Doña Isabel María Mérida García, doña María Luisa Sánchez Gallego y don Juan Carlos Arrarte Martínez.

Cargos:

Presidente: Doña Isabel María Mérida García.

Vicepresidentes: Doña María Luisa Sánchez Gallego y don Juan Carlos Arrarte Martínez.

Secretario no patrono: Don Juan Jesús Ariza Aguilera.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 18 de diciembre de 2017.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Diabetescero su Patronato y cargos.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 15 de febrero de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid