Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Juan Peregrin Mula resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Juan Luis Peregrin Díaz, doña María Peregrin Díaz, doña Julia Pregrin Díaz y las entidades mercantiles «Calconut S.L.» y «Peregrin One Garlic, Sociedad Limitada» según consta en la escritura pública, otorgada ante la notario de Águilas doña Manuela Isabel Marzal Musso el 15 de junio de 2017 con el número 743 de su protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Avenida de Europa, número 5, planta alta, local 14-18, Centro Comercial «Mar de Pulpí», de la población San Juan de Los Terreros, Pulpí, provincia de Almería, D.P. 04648 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.
Dotación inicial: treinta mil trescientos euros (30.300€). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.
La asistencia social a personas vulnerables y/o situación de riesgo de exclusión social, de cualquier tipo y grado, así como su inserción socio laboral e inclusión social, para mejorar su calidad de vida desde la igualdad de oportunidades.
Don Juan Luis Peregrín Díaz, doña María Peregrín Díaz, doña Julia Peregrín Díaz, la entidad mercantil «Calconut S.L.» y doña María del Mar Jordán Gallego.
Cargos:
Presidente: Don Juan Luis Peregrín Díaz.
Vicepresidente: Doña María Peregrín Díaz.
Secretario: la entidad mercantil «Calconut S.L.» nombrando persona física representante a don Héctor Javier Serrano Fontal designada al efecto por la Administradora Solidaria de dicha mercantil, la Sociedad «Orbitrading International 2012 S.L.».
Tesorera: Doña María del Mar Jordán Gallego.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 23 de octubre de 2017.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Juan Peregrin Mula, su Patronato y cargos dentro del mismo.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 17 de enero de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.
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