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Documento BOE-A-2018-17937

Resolución de 29 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Nueva Compasión.

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 28 de diciembre de 2018, páginas 129553 a 129554 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-17937

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Nueva Compasión resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Alberto Terrer Bayo, Doña Laura Llácer Álvarez y la entidad «Asociación Santuario Compasión Animal» en virtud de escritura otorgada ante el notario de Massamagrell Doña Amparo Messana Salinas el 2 de septiembre de 2016 con el número 1233 de protocolo rectificadas por otras otorgadas ante la misma Notaría el 2 de mayo de 2017 protocolo 663 y 14 de agosto de 2018 protocolo 1556.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Finca la Guarañonera, Pol 38, Parcel 23, 46810 Enguera (Valencia) y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada e ingresada según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Erradicar el maltrato de todo ser mediante su cuidado y potenciando el cumplimiento de la normativa legal, la educación y la concienciación de las personas para evitar el maltrato, la defensa del medio ambiente y la promoción de voluntariado solidario. Busca también investigar la conciencia y el sufrimiento de los seres vivos y su repercusión en la naturaleza.

Quinto. Patronato.

Don Alberto Terrer Bayo, Doña Laura Llácer Álvarez y la entidad «Asociación Santuario Compasión Animal».

Cargos:

Presidente: Don Alberto Terrer Bayo.

Secretaria: Doña Laura Llácer Álvarez.

Vocal: la entidad «Asociación Santuario Compasión Animal» representada por Doña Laura Llácer Álvarez.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 6 de septiembre de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Nueva Compasión, Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 29 de octubre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.

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