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Documento BOE-A-2013-7619

Recurso de inconstitucionalidad nº 4286-2013, contra el art. 1, por el que se da nueva redacción a los arts. 1.3, 25 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y la disposición adicional segunda del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 12 de julio de 2013, páginas 51689 a 51689 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2013-7619

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4286-2013, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 1, por el que se da nueva redacción a los artículos 1.3, 25 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, reguladora del derecho a la vivienda en Andalucía, y la disposición adicional segunda del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril, de medidas para asegurar el cumplimiento de la Función Social de la Vivienda. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –9 de julio de 2013–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 11 de julio de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 11/07/2013
  • Fecha de publicación: 12/07/2013
  • Suspende desde el 12 de julio de de 2013 la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 9 de julio de 2013, para las partes legitimadas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad de los arts. 1.3, 25.5 y 6, y 53.1.a), y la constitucionalidad, interpretado en los términos de los fjs 13,14 y 15, del resto del art. 25 de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, en la redacción dada por el art. 1 del Decreto-ley autonómico 6/2013, de 9 de abril y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 93/2015, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2015-6831).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de vigencia, en relación con los arts. 1.3, 25 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, en la redacción dada por el art. 1 del Decreto-ley autonómico 6/2013, de 9 de abril y contra la disposición adicional 2 de éstel, por Auto de 22 de octubre de 2013 (Ref. BOE-A-2013-11442).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con:
    • los arts. 1.3, 25 y 53.1.a) de la Ley 1/2010, de 8 de marzo, en la redacción dada por el art. 1 del Decreto-ley 6/2013, de 9 de abril y contra la disposición adicional 2 de éste (Ref. BOE-A-2010-5218) y (Ref. BOJA-b-2013-90001).
Materias
  • Andalucía
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Viviendas

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