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Documento DOUE-Z-2024-70020

Sentencia del Tribunal General de 7 de febrero de 2024 - Austria/Comisión [«FEAGA y Feader - Gastos excluidos de la financiación - Gastos efectuados por Austria - Coeficiente de reducción - Artículo 24, apartado 6, del Reglamento (UE) n° 1307/2013 - Artículo 30, apartado 7, letra b), del Reglamento n° 1307/2013 - Artículo 52, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) n° 1306/2013 - Obligación de motivación»].

Publicado en:
«DOUE» núm. 2297, de 2 de abril de 2024, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2024-70020

TEXTO ORIGINAL

 

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: República de Austria (representantes: J. Schmoll y A. Kögl agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Aquilina y A. Becker, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la República de Austria solicita que se anule la Decisión de Ejecución (UE) 2022/908 de la Comisión, de 8 de junio de 2022, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) (DO 2022, L 157, p. 15), en la medida en que excluyó de la financiación de la Unión gastos declarados con cargo al FEAGA por la República de Austria por importe de 68 146 449,98 euros.

Fallo

1) Anular la Decisión de Ejecución (UE) 2022/908 de la Comisión, de 8 de junio de 2022, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en la medida en que, en lo que respecta a la corrección financiera identificada en el cuadro anejo a dicha Decisión por el motivo «asignación de derechos — convergencia», referente a los ejercicios financieros 2016 a 2020, excluye de la financiación de la Unión Europea los gastos efectuados por la República de Austria con cargo al FEAGA con anterioridad al 27 de noviembre de 2016.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) La República de Austria y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.

(1)   DO C 389 de 10.10.2022.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • ANULA lo indicado de la Decisión 2022/908, de 8 de junio (Ref. DOUE-L-2022-80877).
Materias
  • Agricultura
  • Austria
  • Ayudas
  • Financiación comunitaria
  • Fondo Europeo Agrícola de Garantía
  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional
  • Política Agrícola Común

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