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Documento DOUE-Z-2021-70024

Sentencia del Tribunal General de 27 de enero de 2021 - Polonia/Comisión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 88, de 15 de marzo de 2021, páginas 25 a 25 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-Z-2021-70024

TEXTO ORIGINAL

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandante: República de Polonia (representantes: B. Majczyna y D. Krawczyk, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: Ł. Habiak, K. Herrmann y R. Tricot, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandante: República de Bulgaria (representantes: E. Petranova y T. Mitova, agentes), Hungría (representante: M. Fehér, agente)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de Bélgica (representante: M. Jacobs, agente), República Francesa (representantes: J. Traband y A.-L. Desjonquères, agentes), Reino de Suecia (representantes: C. Meyer-Seitz, H. Shev, L. Zettergren y A. Alriksson, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1442 de la Comisión, de 31 de julio de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo para las grandes instalaciones de combustión (DO 2017, L 212, p. 1).

Fallo

1)

Anular la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1442 de la Comisión, de 31 de julio de 2017, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo para las grandes instalaciones de combustión.

2)

Mantener los efectos de la Decisión de Ejecución anulada en virtud del punto 1 del presente fallo hasta la entrada en vigor, en un plazo razonable que no podrá exceder de doce meses a partir de la fecha en que se pronuncie la presente sentencia, de un nuevo acto que la sustituya y que sea adoptado según las reglas de la mayoría cualificada previstas en el artículo 3, apartado 3, del Protocolo (n.o 36) sobre las disposiciones transitorias.

3)

La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de la República de Polonia.

4)

El Reino de Bélgica, la República de Bulgaria, la República Francesa, Hungría y el Reino de Suecia cargarán con sus propias costas.

(1)  DO C 412 de 4.12.2017.

ANÁLISIS

  • Rango: Sentencia
  • Fecha de disposición: 27/01/2021
  • Fecha de publicación: 15/03/2021
Referencias anteriores
  • DECLARA la nulidad en la forma indicada la Decisión 2017/1442, de 31 de julio (Ref. DOUE-L-2017-81676).
Materias
  • Carburantes y combustibles
  • Contaminación atmosférica
  • Gas
  • Gestión de residuos
  • Industrias
  • Políticas de medio ambiente
  • Productos petrolíferos
  • Productos químicos
  • Reglamentaciones técnicas

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