EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, y en particular su artículo 27.1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
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(2) |
El mandato del actual auditor externo del Banco de España, KPMG Auditores, SL, expiró tras la auditoría del ejercicio de 2017. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo a partir del ejercicio de 2018. |
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(3) |
Banco de España ha seleccionado la asociación temporal de empresas Mazars Auditores, S.L.P.-Mazars, SA como auditor externo para los ejercicios de 2018 a 2020, con la opción de ampliar el mandato a los ejercicios de 2021 y 2022. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
Se recomienda que la asociación temporal de empresas Mazars Auditores, S.L.P.-Mazars, SA sea nombrada auditor externo del Banco de España para los ejercicios de 2018 a 2020, con la opción de ampliar el mandato a los ejercicios de 2021 y 2022.
Hecho en Fráncfort del Meno el 6 de septiembre de 2018.
El Presidente del BCE
Mario DRAGHI
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